El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), aprobó el reglamento de la Ley n.º 31526, que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE).
De acuerdo con el Decreto Supremo n.º 008-2022-Vivienda publicado hoy en el diario El Peruano, para la fase de evaluación previa, la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional (OSDN) del MVCS tendrá un plazo máximo de 10 días calendario, desde la declaración del estado de emergencia, para emitir un informe recomendando la intervención de dicho ministerio con soluciones habitacionales.
Una vez recibido el informe, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (DGPPVU) elaborará la relación de potenciales beneficiarios del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, entre otras acciones.
Para lo anterior, la DGPPVU deberá tomar en cuenta los siguientes criterios o requisitos:
El primer cobro del BAE se realizará a partir del día siguiente hábil de recibida la relación de potenciales beneficiarios por el Banco de la Nación. A partir del segundo mes, el pago será desde el primer día hábil de cada mes hasta el último día hábil del mismo.
Cabe precisar que se calcula que, en total, serán 2.596 familias beneficiadas a quienes se les entregarán un bono mensual de S/ 500 por dos años. Exactamente, se destinaría un presupuesto de S/ 31,1 millones para el apoyo económico.