Alrededor de un tercio de trabajadores en el Perú (34%), en especial mujeres, han reportado haber pasado por situaciones de acoso sexual en el trabajo, según cifras de la herramienta digital ELSA. Además, solamente un 4% de los empleados encuestados pudieron reconocer las situaciones que implican un hostigamiento sexual.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha brindado las indicaciones que deben cumplir los empleadores para fomentar un ambiente libre de violencia sexual y las responsabilidades que deben seguir ante una denuncia.
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El hostigamiento sexual es una forma de violencia, en la cual se ejercen comportamientos de naturaleza o connotación sexual contra otro trabajador. Asimismo, estos actos pueden ser tanto físicos como verbales e implican los siguientes comportamientos: comentarios e insinuaciones, observaciones de connotación sexual, tocamientos, roces o acercamientos corporales y proposiciones sexuales y otras formas de similar naturaleza.
Además, dentro de las conductas de naturaleza sexista, están aquellos actos que aprueben o refuercen estereotipos respecto a los atributos de hombres y mujeres, roles o espacios propios que suponen la subordinación de un género o sexo sobre el otro.
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Los empleadores deben difundir información que permita identificar conductas de hostigamiento y brindar, como mínimo, una capacitación al inicio de la relación laboral y otra capacitación anual especializada para el área de Recursos Humanos, el comité de intervención frente al hostigamiento sexual y otros involucrados. No obstante, esta capacitación no es exigida en las micro y pequeñas empresas.
Asimismo, tal como indica el MTPE, de detectarse un caso de hostigamiento sexual, las oficinas de Recursos Humanos tienen la obligación de poner a disposición canales de atención médica, física y psicológica para la víctima y brindar medidas de protección como las siguientes:
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Cabe señalar que las víctimas de estos actos de hostigamiento sexual pueden acudir a la vía judicial para denunciar y pedir el cese de la hostilidad. Además, tienen la opción de solicitar el pago de la indemnización y dar por terminado el contrato laboral.
Por su parte, los afectados también pueden poner una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Esta entidad cuenta con un protocolo de fiscalización en materia de hostigamiento sexual, en el que se establecen las pautas que deben seguir los inspectores durante la investigación y verifican el cumplimiento de la normativa sobre la materia.
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Para denunciar casos de hostigamiento sexual en el trabajo puedes comunicarte vía telefónica con la línea 1819 o por WhatsApp, mensaje de texto o llamando a través de los números 971 027 467 y 984 835 168. El horario de atención es de lunes a viernes de 8.15 a. m. a 5.00 p. m..
También puedes solicitar información a través de la plataforma de Servicios Virtuales del MTPE en extranet.trabajo.gob.pe y seleccionar la opción Trabaja Sin Acoso. El horario de atención es de lunes a viernes de 8.00 a. m. a 5.00 p. m. y los sábados de 9.00 a. m. a 1.00 p. m..
Asimismo, si has sido o conoces a alguien que fue afectada o involucrada en hechos de violencia familiar o sexual, también puedes comunicarte de manera gratuita a la Línea 100, creada por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables del Gobierno peruano.
Además, la Línea 100 posee la facultad de derivar los casos de violencia familiar o sexual más graves a los Centros de Emergencia Mujer o al Servicio de Atención Urgente. El servicio atiende las 24 horas, todos los días del año, incluso feriados.