Como todos los años, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) ha establecido un cronograma que determina los plazos finales para la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2021, que deben presentar tanto las personas naturales como las empresas, de acuerdo al último dígito de su RUC. Pero, ¿qué sucede si ya venció el plazo y no presenté mi Declaración de Renta Anual? ¿Tengo que pagar una multa? A continuación te lo explicamos.
Cabe indicar que el Impuesto a la Renta grava los ingresos que provienen del arrendamiento (alquiler), enajenación u otro tipo de cesión de bienes inmuebles y muebles, de acciones y demás valores mobiliarios (ganancias de capital) y/o del trabajo realizado en forma dependiente e independiente. Además, es un tributo que se determina anualmente y su ejercicio se inicia el 1 de enero y finaliza el 31 de diciembre.
Según el tributarista David Bravo deben presentar la Declaración de Renta Anual 2021 todas las personas naturales que durante el año obtuvieron rentas de cuarta categoría, es decir aquellos trabajadores independientes que cobraron por recibo por honorarios, así como aquellos que adicionalmente tuvieron rentas de fuente extranjera o dedujeron gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento, entre otros.
La Declaración de Renta Anual se puede realizar de forma gratuita y online. Foto: Andina
Además, en el caso de las empresas, deben cumplir con esa obligación aquellos contribuyentes que generaron rentas o pérdidas de tercera categoría del Régimen General del Impuesto o del Régimen Mype Tributario (RMT).
“Las personas naturales que generan rentas de quinta categoría no presentan Declaración Anual porque ellos pagan el impuesto vía retención. Además, los que obtienen rentas de primera categoría tampoco realizan este procedimiento porque ellos mensualmente deben pagar el impuesto a la renta para poder entregar el recibo a sus arrendatarios”, aclaró el especialista.
El plazo para presentar la Declaración de Renta Anual se establece mediante una Resolución de Superintendencia, que determina las fechas, de acuerdo al último dígito del RUC del contribuyente, ya sea una persona natural o una empresa. En ese sentido, presentar la declaración y pagar fuera de plazo amerita una infracción monetaria, así lo explicó David Bravo.
Cronograma de vencimientos. Foto: Sunat
“En el caso de las empresas que generen rentas de tercera categoría, la multa por cometer esta infracción es una 1 UIT; es decir, S/ 4.600. Este monto se puede reducir hasta en un 90% si se subsana voluntariamente la declaración extemporánea, antes de que la administración tributaria haya detectado y notificado la infracción”, señaló Bravo.
Por su parte, las personas naturales que no cumplan con esta obligación tributaria son acreedoras de una multa equivalente al 50% de una UIT (S/ 2.300) y también pueden acceder al descuento del 90%, siempre y cuando realicen la declaración extemporánea antes de que la Sunat lo notifique.
Si la Sunat detecta la infracción y hasta el momento no se ha subsanado la falta de forma voluntaria, la administración tributaria tiene las facultades para realizar una cobranza coactiva de esas multas. “Adicionalmente, el pago fuera de plazo del impuesto está sujeto a intereses moratorios, tanto para el tributo omitido como para la multa”, afirma el experto en tributos.
Cabe resaltar que la tasa de interés es de 0,033% por día y se computan a partir del día siguiente del vencimiento.
Además, según el economista Jorge Carrillo, no declarar el impuesto a la renta anual puede perjudicar tu calificación crediticia en general, ya que vas a salir reportado en las centrales de riesgo como una persona que no paga puntualmente sus obligaciones.
Por eso, los especialistas recomiendan que ante una falta de liquidez para pagar el Impuesto a la Renta Anual, es mejor que las empresas y las personas naturales opten por solicitar un fraccionamiento o aplazamiento, que les permita pagar la deuda tributaria poco a poco.