El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) declaró infundado un recurso de apelación presentado por Telefónica del Perú, y confirmó once sanciones de 51 UIT cada una contra la empresa, las cuales totalizan poco más de S/ 2,4 millones de soles.
A detalle, se imponen cuatro multas de 51 UIT cada una por infracciones en el reglamento de calidad, por publicar información inexacta en su página web sobre los valores de los indicadores Tasa de Intentos No Establecidos (TINE) y Tasa de Llamadas Interrumpidas (TLLI) del servicio de público móvil, dado que dicha información no coincide con los resultados obtenidos por Osiptel en el primer, segundo, tercero y cuarto trimestre de 2017.
Además, cinco multas de 51 UIT cada una por incumplir los valores objetivos del indicador TINE en los departamentos de Cajamarca, Ica y Ucayali, durante el primer trimestre de 2017; así como en Huancavelica durante el segundo trimestre de 2017 y en Loreto, durante el tercer trimestre de dicho año.
Finalmente, se aplican dos multas de 51 UIT cada una por incumplir el valor objetivo del indicador TLLI en los departamentos de Cajamarca y Ucayali, durante el primer trimestre de 2017.
La resolución publicada hoy en El Peruano detalla que se agota la vía administrativa, y no procede ningún recurso más.