La nueva ley fue publicada este jueves 22 de julio en el diario oficial El Peruano. En dicha norma establece las medidas de acceso a una pensión proporcional a los asegurados mayores de 65 años del Sistema Nacional de Pensiones (SNP), que hayan aportado por menos una década.
Antes de esta legislación era obligatorio contar con 20 años de aportes a la ONP, con lo cual se obtenía una pensión mínima de S/ 500, si no llegaban al periodo establecido no recibían la devolución de su aporte. Con la nueva medida, los afiliados que cuenten con mínimo 10 años ya podrán acceder a su pensión de jubilación de hasta S/ 250.
En su artículo 3 la referida ley señala qué derechos se les otorga a los afiliados y las condiciones de la misma.
a) Los que tengan como mínimo 65 años de edad y cumplan con acreditar por lo menos 10 años de aportes y menor a 15, tienen derecho a una pensión de jubilación de hasta S/ 250, doce veces al año.
b) Los que tengan como mínimo 65 años de edad y cumplan con acreditar por lo menos 15 años de aportes y no lleguen a los 20, tienen derecho a una pensión de jubilación de hasta S/ 350, también 12 veces al año.
Sí, adicionalmente a los beneficios anteriores, los afiliados que tengan por lo menos 50 años de edad podrán acceder a una jubilación adelantada, pero deben tener mínimo 25 años de aportes.
“Para determinar el monto de la pensión de jubilación adelantada, se aplican las normas que regulan la pensión de jubilación adelantada en el SNP, siendo que el monto de la pensión se reduce en cuatro por ciento por cada año de adelanto respecto de los 65 años de edad, no pudiendo ser menor a la suma de la pensión mínima ni mayor de la pensión máxima establecida para dicho régimen”, menciona el documento.
Asimismo, los aportantes podrán continuar o reiniciar la realización de actividades laborales sin que se suspenda la pensión obtenida y sin que su ingreso esté sujeto a contribución a la ONP.
La nueva disposición también permite las pensiones por discapacidad para el trabajo por el tiempo que dure la pandemia de la COVID-19. Para ello, deberán presentar algunos requisitos:
La Ley N.º 31301 es una norma que fue aprobada en el Pleno del Congreso y difundida por los canales oficiales este 22 de julio. En ella se establece una pensión proporcional para los asegurados de la ONP.
Con esta disposición, los afiliados que no puedan acceder a una pensión regulada por el Decreto Ley 19990, es decir, que realizaron aportes por menos de 20 años, también podrán tener derecho a una pensión de jubilación.
Según Walter Benavides, presidente de la Comisión de Presupuesto del Congreso, esta medida beneficiará a 744.000 afiliados.