Tal como lo anunció la premier Violeta Bermúdez, hoy se promulgó en el diario oficial El Peruano la ley Nº 31301, la cual establece medidas de acceso a una pensión proporcional a los asegurados del Sistema Nacional de Pensiones (SNP).
De esta manera, aquellos que aportaron entre 10 y 15 años a la ONP recibirán S/ 250 mensuales. Mientras que aquellos que contribuyeron entre 15 y 20 años tendrán una pensión de S/ 350. En ambos casos es por 12 veces al año.
El afiliado de la ONP podrá acreditar sus aportes para acceder a una pensión de jubilación proporcional especial mediante los siguientes mecanismos:
a) Acreditación de aportes a través de declaraciones juradas de los afiliados que hayan podido acreditar adecuadamente la existencia del vínculo laboral con su empleador o empleadores.
b) Puede acceder a una prestación previsional, a través de la acumulación de aportes del Régimen Especial de Jubilación para la Sociedad Conyugal o las Uniones de Hecho.
Otra disposición que tiene la ley es que los afiliados con 50 años de edad que tengan 25 años a más de aportes tendrán derecho a la pensión de jubilación adelantada en el SNP.
Para este caso, para determinar el monto de la pensión de jubilación adelantada, se aplican las normas que regulan la pensión de jubilación adelantada en el SNP, siendo que el monto de la pensión se reduce en 4% por cada año de adelanto respecto de los 65 años de edad, no pudiendo ser menor a la suma de la pensión mínima ni mayor de la pensión máxima establecida para dicho régimen.
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