El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó la versión en idioma quechua de los contratos tipo que las operadoras deberán entregar, a requerimiento del solicitante del servicio, en aquellas zonas del país en las cuales predomine la lengua quechua.
Forman parte del contrato tipo aquellos relacionados a la contratación del servicio público móvil control o postpago, servicio público móvil prepago, servicio de acceso a internet móvil control o postpago, servicio de acceso a internet móvil prepago, servicios empaquetados, servicio de telefonía fija postpago, servicio de telefonía fija prepago, servicio de acceso internet fijo postpago, servicio de acceso a internet fijo prepago, servicio de televisión de paga postpago, servicio de televisión de paga prepago, así como sus consideraciones generales y la cartilla informativa de derechos del usuario.
La normativa publicada este viernes garantiza el cumplimiento del artículo 48 de la Constitución Política del Perú y la Ley N.° 29735 respecto al derecho de los ciudadanos a ser atendidos en su lengua materna y gozar de los medios de traducción directa o inversa que garanticen el ejercicio de sus derechos en todo ámbito, entre otros.
Esta nueva disposición respecto al contrato tipo en versión quechua se emplea a partir del 1 de junio de 2021.