La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias de Indecopi emprenderá la investigación por presuntas prácticas de dumping en las importaciones textiles chinas en perjuicio a la producción local.
A través de la Resolución Nº 021-2020/CDB-INDECOPI publicada este miércoles en El Peruano, ''se evaluará si existen estas malas prácticas en las importaciones de tejidos de ligamento tafetán, elaborados exclusivamente con fibras discontinuas de poliéster y algodón (donde el poliéster representa más del 50% en peso), crudos, blancos/blanqueados y teñidos, de un solo color, con un ancho de hasta 1.80 metros, y peso unitario de entre 80 gr/m2 y 130 gr/m2 , cualquiera sea el uso declarado, originarios de China'’.
Así, Indecopi detalló que se encontraron indicios razonables sobre la existencia de prácticas de dumping en las importaciones de tejidos chinos entre el periodo abril de 2019 a marzo de 2020.
Cabe resaltar que la solicitud para iniciar las investigaciones fue presentada por las productoras nacionales Tecnología Textil y Consorcio La Parcela, la cual '' contiene pruebas suficientes que proporciona indicios razonables sobre la existencia de prácticas de dumping en las importaciones de tejidos de ligamento tafetán mezclado originarios de China".
Indecopi puntualizó que, en relación al efecto de las importaciones en los precios nacionales, se ha observado que las importaciones de los tejidos originarios de China ingresaron al mercado nacional registrando un nivel de subvaloración promedio de 45.9%, respecto al precio de venta interna de los productores solicitantes, durante el periodo de análisis (enero de 2017 – marzo de 2020).
''(Las importaciones) tuvieron el efecto de contener de manera significativa el precio de venta interna de los productores solicitantes, pues en la mayor parte del referido periodo (2017 – 2019), el precio de venta interna de los productores solicitantes se incrementó en menor magnitud que sus costos de producción'', concluyen.
Respecto a las investigaciones, el periodo para que se presenten pruebas o alegatos es de seis meses posteriores a la publicación de la norma en El Peruano.