El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó la reanudación gradual e incremental de la actividad de servicios prestados a empresas (soporte y servicios profesionales de tecnología de la información).
Mediante Resolución Ministerial publicada hoy en el diario oficial El Peruano, detalla que podrán operar un día después de presentar su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” y, procedan a su registro en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud, previa aprobación sectorial.
“La aprobación sectorial específica de reanudación de actividades está a cargo del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y se emite en un plazo de 1 día calendario, contado a partir de la presentación de la solicitud, mediante medios físicos, electrónicos o digitales”, detalla la norma.
La empresa de servicios de soporte y servicios de tecnologías de la información debe tener la condición de empresa formal (inscrita en la Sunarp y contar con licencia de funcionamiento) y contar con RUC activo y habido.
Además, debe facturar ventas anuales mayores a 75 UIT o su equivalente mensual a 26 mil 875 soles. Y contar con más de 5 trabajadores en planilla.
Suscríbete aquí al boletín de Economía LR y recibe en tu correo electrónico, de lunes a viernes, las noticias más relevantes del sector y los temas que marcarán la agenda.