Retiro de fondos AFP | Con la finalidad de dotar a las personas de un soporte económico durante el estado de emergencia debido a la prolongada pandemia de coronavirus, el Congreso de la República aprobó la Ley N° 31017, la cual posibilita a los peruanos solicitar el retiro del 25 % de sus aportes realizados en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
Teniendo esto en cuenta, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) determinó el procedimiento operativo para gestionar este trámite mediante la Resolución N.° 1352-2020, el cual deben seguir los afiliados a las diferentes AFP: Habitat, Profuturo, Prima e Integra. Esta normativa, creada para “aliviar las economías familiares y dinamizar la economía nacional, contrarrestando los efectos económicos negativos generados por el estado de emergencia nacional a consecuencia del coronavirus (COVID-19)”, cuenta con una serie de restricciones y especificaciones que debes conocer, y que te detallamos a continuación.
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PUEDES VER: Retiro del 25% de la AFP: A partir del 18 de mayo se podrá enviar las solicitudes para el desembolso
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó los lineamientos para que los afiliados a las AFP puedan retirar hasta el 25 % de sus fondos de pensiones.
Los usuarios podrán ingresar sus solicitudes, por única vez, a partir del lunes 18 de mayo. Este beneficio estará vigente por un plazo máximo de 60 días calendario, contados a partir de la publicación del procedimiento operativo.
Por su parte, las Administradoras de Fondos de Pensiones establecerán y difundirán los canales de información y atención de las solicitudes de los afiliados, el cual debe ser sencillo y ágil.
La ley 31017 señala que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones pueden retirar hasta el 25 % del total de sus fondos acumulados en su cuenta individual de capitalización.
El monto máximo de retiro es S/ 12.900 o 3 UIT, mientras que el mínimo es S/ 4.300 o 1 UIT. Si el usuario tiene un fondo acumulado total igual o menor a 1 UIT, podrá disponer del 100% de ese dinero en un solo desembolso.
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Una vez que el afiliado mande una solicitud a su AFP para retirar hasta el 25 % de sus fondos, las Administradoras de Fondos de Pensiones entregarán el 50 % del monto solicitado dentro de los 10 días calendario siguientes de presentada la solicitud.
Mientras que el saldo restante del 50% estará a disposición dentro de los 30 días calendario, computados a partir del primer desembolso.
PUEDES VER: SBS autoriza retiro de 25% de AFP: revisa AQUÍ el procedimiento y cuánto tienes en tu fondo
El inicio de las solicitudes para retirar hasta el 25 % de la AFP es a partir del lunes 18 de mayo. Tanto Prima, Integra, Profuturo y Habitat son responsables de disponer el medio idóneo para hacer efectivo el pago.
Asimismo, podrán suscribir convenios con entidades del sistema financiero u otras que faciliten el cobro de ese dinero.
Saldo del fondo | Monto que se puede retirar | Plazos y formas de pago |
Hasta S/ 4.300 | Hasta S/ 4.300 (100%) | En una sola armada, a 10 días de presentada la solicitud. |
De S/ 4.300 a S/ 17.200 | S/ 4.300 | - 50 % en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud. - El otro 50% a los 30 días calendario del primer desembolso. |
De S/ 17.200 a S/ 51.600 | Hasta 25 % | - 50 % en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud. - El otro 50% a los 30 días calendario del primer desembolso. - El otro 50% a los 30 días calendario del primer desembolso. |
Mayor a S/ 51.600 | Hasta S/ 12.900 | - 50 % en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud. - El otro 50% a los 30 días calendario del primer desembolso. |
A través de la página web de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) puedes conocer a qué Administradora de Fondos de Pensiones perteneces. Para ello debes ingresar a este enlace.
Desde el lunes 18 de mayo puedes solicitar el retiro de hasta el 25 % de tu AFP. Si el afiliado ya accedió al retiro de S/ 2.000, según el Decreto de Urgencia 034-2020, este monto será descontado al realizar la nueva solicitud.
El cronograma de atención de solicitudes será establecido por cada AFP, según plazos establecidos por la ley.
Conoce si eres aportante a una AFP ingresando el número de tu número de DNI en la plataforma de la SBS. Accede haciendo clic en este enlace.
Una vez que conozcas a qué AFP perteneces, dirígete a la página web de esa Administradora de Fondos de Pensiones para que consultes tu estado de cuenta. También puedes hacerlo desde tu celular por la aplicación de tu AFP.
Para actualizar tus datos de AFP debes de llamar a la misma empresa o acercarte a una de las agencias. En este caso, debido al periodo de cuarentena y para evitar aglomeraciones, es preferible que lo hagas vía telefónica.
AFP Prima, a través de su página web, informa a sus afiliados sobre el retiro de hasta el 25 % de sus fondos de pensiones. Ingresa AQUÍ para conocer todos los detalles.
Teléfono: (01) 411-9191.
AFP Integra habilitó su plataforma web para responder las dudas de sus afiliados. También comunica constantemente mediante sus redes sociales las últimas novedades sobre la ley 31017.
Teléfono: (01) 5135050
AFP Profuturo publicará en su página web el cronograma para que sus afiliados dispongan de hasta el 25 % de sus fondos de pensiones. Por el momento, disponen de un sitio sobre el retiro de hasta S/ 2.000, medida decretada por el Ejecutivo cuando inició el estado de emergencia.
Teléfono: (01) 2152828
AFP Habitat se pronunció luego de que la SBS publicó el procedimiento operativo para retirar hasta 25 % de tu fondo de pensiones. Señaló que próximamente publicarán el cronograma de registro de solicitudes.
Teléfono: 01 230 2200
El único requisito para disponer de hasta el 25 % de tu AFP es aportar en el Sistema Privado de Pensiones. Es importante recalcar que la norma aprobada por el Congreso es distinta al Decreto de Urgencia 034-2020.
Este DU establece el retiro extraordinario del fondo de pensiones a aquellas personas que hasta el 31 de marzo de 2020 no hayan realizado aportes a su AFP en los últimos seis meses.
Los afiliados disponen de 60 días calendarios para presentar la solicitud de retiro de hasta el 25 % de su AFP por única vez.
Puedes revisar más detalles sobre la ley 31017, que establece medidas para aliviar la economía familiar y dinamizar la economía nacional en el año 2020, en el siguiente enlace.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) son instituciones financieras privadas cuyo fin es la administración de los fondos de pensiones bajo la modalidad de cuentas personales.
Otorgan pensiones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y proporcionan gastos de sepelio, de acuerdo al portal de la Asociación de AFP en el Perú.
Antes de la aprobación de la ley que posibilita disponer del 25 % de los aportes en las AFP, el Poder Ejecutivo había autorizado el retiro de hasta 2.000 soles del mismo fondo. Estas medidas no son excluyentes, por lo que se pueden realizar ambas sin problemas. No obstante, ten en cuenta que si ya recibiste 2.000 soles en un primer retiro, cuando solicites la devolución del 25 % se te entregará la cantidad correspondiente menos los 2.000 soles a los que ya tuviste acceso.
En la sesión de la Comisión de Economía del Congreso de este miércoles 13 de mayo, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) lanzó una propuesta polémica: cerrar la Oficina de Normalización Previsional (ONP) para no recibir a más afiliados y crear un Sistema Integral de Pensiones. Oscar Graham, director general de Mercados Financieros y Previsional Privado, señaló que solo un 25 % de los aportantes alcanzaría el tiempo mínimo de contribuciones para garantizar su pensión.
El congresista de Acción Popular Luis Roel Alva presentó un proyecto de ley para regular las comisiones que las AFP cobran a sus afiliados por administrar sus fondos.
Es por ello que la propuesta insta a las AFP que logren una rentabilidad mínima del 3 % en favor de sus afiliados para que puedan cobrar las comisiones por administrar los fondos de pensiones.