Toda persona que es dueña de una propiedad debe pagar el Impuesto Predial anualmente. Asimismo, cuando adquiere un inmueble existen diversas preguntas respecto a la inscripción de este bien, al pago del tributo y otros requisitos que forman parte del proceso.
Frente a esa serie de inquietudes, la Municipalidad de Lima, a través del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) informó que este pago se deberá efectuar a partir del año siguiente de producida la compra del inmueble y podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada en cuatro cuotas, que vencen en los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre.
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En el caso que el ciudadano resida en el Cercado de Lima, puede realizar sus pagos en la sede central del SAT de la Municipalidad de Lima, ubicada en jirón Camaná 370. Asimismo, podrá acudir a las oficinas descentralizadas del SAT en los distritos de Miraflores, Los Olivos, San Juan de Miraflores y Santiago de Surco.
Los tramos de cálculo para el Impuesto Predial aplicados a la suma de los montos del autovalúo de todos los predios que el contribuyente posee son los siguientes:
Tramo de Autoevalúo | Porcentaje |
Hasta 15 UIT | 0,2% |
Más de 15 hasta 60 UIT | 0,6% |
Más de 60 UIT | 1,0% |
Cabe resaltar que la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) equivale actualmente a 4 mil 200 soles.
Por ejemplo, si compró un departamento cuyo valor de autovalúo es de 63 mil soles, equivalente a 15 UIT, se multiplicará por el porcentaje que corresponde (0,2%). En este caso se deberá pagar será 126 soles de impuesto.
Tramo de Autovalúo | Porcentaje (alícuota) | Monto de Impuesto Predial |
63 mil soles | 0,2% | 126 soles |
Es importante recordar que el próximo jueves 29 de agosto se vence la tercera cuota del impuesto predial, arbitrios e impuesto vehicular. Para saber dónde realizar los pagos, debe hacer clic aquí.