La pensión de alimentos es un deber del padre y/o madre con sus hijos tras la separación o divorcio. Esta cubre los gastos básicos del menor, como son la ropa, medicación, hogar, comida, recreación, entre otros. En el Perú, incumplir con ello está penado, según lo establecido en el Código Penal peruano.
De acuerdo a información del Poder Judicial, en 2022 se registraron 5.640 casos de incumplimiento de la pensión de alimentos. Se trata de un incremento de más del 100% en relación a la cifra de deudores de 2021, según detalló dicho poder del Estado. Pero, ¿cuál es la pena que se puede recibir por no asumir este deber?
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El artículo 149 del Código Penal del Perú establece que una persona puede permanecer en prisión hasta 3 años si no cumple con el pago de la pensión de alimentos. "El que omite cumplir su obligación de prestar los alimentos que establece una resolución judicial será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años", detalla la ley peruana.
Es importante detallar que, solo cuando el padre o madre simula otra obligación de alimentos en "connivencia con otra persona o renuncia o abandona maliciosamente su trabajo", la pena será no menor de uno ni mayor a cuatro años de cárcel.
La norma también refiere que las personas que incumplan con la pensión alimenticia podrían prestar "servicio comunitario de veinte a cincuentidós jornadas, sin perjuicio de cumplir el mandato judicial".
Las personas que incumplen la pensión de alimentos pueden ser sentenciado hasta tres años de prisión. Foto: Diario Constitucional
Según se detalla en el artículo 483 del Código Civil, existen ciertos casos en los que la persona obligada a prestar pensión alimenticia puede solicitar la exoneración de la misma. La norma establece que se puede hacer dicha solicitud en los siguiente casos:
El Código Civil establece las situaciones en las que se puede solicitar la exoneración de la pensión de alimentos. Foto: OrtizRubioLegal.com
Según reveló a la República, en octubre de 2022, Edith Aiquipa Limay, abogada de familia del Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán, el porcentaje máximo del sueldo de una persona que puede ser destinado a la pensión alimenticia es el 60%.
“Por un lado, se coteja cuánto es lo que requiere un niño, en este caso, la pensión alimentos, que incluye alimentos, vestidos, educación salud, recreación, vivienda (...) todas las necesidades del niño se plasman por un lado. Por otro lado, se investiga cuánto es el monto de los ingresos totales, lo que quiere decir como trabajador dependiente, independiente, bienes, entre otras cosas, de la persona obligada a prestar alimentos”, detalló la especialista.