El Ministerio de Educación (Minedu) publicó este domingo 26 de diciembre la Resolución Ministerial N° 531-2021, que establece disposiciones para el retorno a las clases presenciales en 2022. La norma también establece reglas para las modalidades semipresencial y a distancia. Revisa AQUÍ todos los detalles para retornar de manera segura a las aulas.
La nueva norma aprueba las ‘Disposiciones para el retorno a la presencialidad y/o semipresencialidad, así como la prestación del servicio educativo para el año escolar 2022′. A fines de noviembre, el Minedu anunció que los estudiantes de quinto de secundaria tendrían la prioridad para el retorno a clases presenciales en 2022.
El Minedu decretó que las clases presenciales iniciarán entre el 1 y 14 de marzo del 2022. Asimismo, en una primera fase, estas sesiones pedagógicas no podrán durar más de 4 horas cronológicas diarias en contextos urbanos.
El Gobierno priorizará la presencialidad progresiva, de acuerdo con las condiciones de cada institución educativa, sostuvo el viceministro de Gestión Pedagógica, Hugo Reynaga. El funcionario destacó que la retroalimentación será fundamental para continuar con este proceso.
Las clases presenciales iniciarán entre el 1 y 14 de marzo del 2022. Foto: Andina
El servicio educativo semipresencial “combina elementos de trabajo a distancia y presencial”, acota el Minedu. Esta modalidad cubrirá 5 días de clases a la semana, indicaron en su portal institucional. El horario “se determina a partir de las características y condiciones de las instituciones educativas”.
El docente deberá acordar los horarios, medios de comunicación y herramientas para el trabajo a distancia con los estudiantes y sus familias. Desde el reinicio de las clases durante la pandemia, muchos docentes utilizaron WhatsApp como principal servicio de mensajería con sus alumnos.
La Resolución Ministerial N° 531-2021 ordena que todo el personal de los colegios retorne al trabajo presencial con las dosis de vacunación completas. Asimismo, remarca otras 5 condiciones básicas de cumplimiento obligatorio:
El Gobierno no requerirá carnet de vacunación a los alumnos que vuelvan a la presencialidad. Foto: Minedu
Si en un aula de clases presenciales o semipresenciales se detecta un caso positivo de COVID-19, todo el grupo cumplirá 14 días de cuarentena. El viceministro Reynaga aseguró que trabajarán en constante coordinación con el Ministerio de Salud.
El ministro de Salud, Hernando Cevallos, confirmó que no requerirán de manera obligatoria el carnet de vacunación a los estudiantes que retornen a las clases presenciales. Sin embargo, sí recomienda inmunizar a los menores de edad para evitar casos graves de la enfermedad y reducir la propagación del coronavirus.
Los quioscos, las cafeterías y los comedores escolares se mantendrán cerrados. Estos establecimientos no podrán brindar servicios durante la emergencia sanitaria. El uso de comedores solo será permitido en los modelos de servicio educativo con residencia. En estos casos, deberán respetar los aforos máximos y la distancia social.
En los ámbitos rurales, cada estudiante consumirá los alimentos que trae desde su hogar. Para ello se guardará una distancia física de dos metros, en un espacio abierto, con acompañamiento de un docente como parte de una hora pedagógica. En este proceso no se deben compartir alimentos ni utensilios.