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Fuerzas Armadas: ¿en qué consistirá su apoyo a la PNP y desde cuándo rige la medida?

Mediante Decreto Supremo publicado este 2 de noviembre se autorizó la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú. Conoce aquí más detalles sobre la resolución del Ejecutivo.

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Intervención de FF.AA. será por 30 días calendario. Foto: Andina.

Este 2 de noviembre, el Poder Ejecutivo, mediante la Resolución Suprema N° 191-2021-IN, autorizó la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú. La norma, publicada en el Diario Oficial el Peruano, indica que su objetivo es “asegurar el control y el mantenimiento del orden interno”. Además, señala que se prestará apoyo “en la ejecución de operaciones policiales a las Regiones Policiales de Lima y Callao”.

¿Desde cuándo rige la norma?

Las Fuerzas Armadas apoyarán a la Policía Nacional del Perú desde de este miércoles 3 de noviembre. El Artículo 1 del Decreto Supremo establece que su intervención será por un periodo de 30 días calendarios debido al “incremento del índice delictivo”, que como consecuencia ha sobrepasado “la capacidad operativa de la Policía Nacional”.

¿En qué consistirá el apoyo de las FF. AA.?

La norma especifica que la intervención de las FF. AA. constituye una tarea de apoyo y no significa la injerencia en las funciones propias de la Policía. “El control del orden interno permanece en todo momento a cargo de la Policía Nacional del Perú”, establece.

Así, las FF. AA. contribuirán a garantizar “la plena vigencia del derecho a la libertad y seguridad personal, a la libertad de tránsito por las vías y carreteras, a la paz, a la tranquilidad y al adecuado funcionamiento de los servicios públicos esenciales”.

¿Cuáles son los casos donde la FF. AA. pueden apoyar a la PNP?

La Resolución afirma que la actuación de las Fuerzas Armadas está sujeta a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1095 que establece las Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las FF. AA. En líneas generales, puede apoyar a la PNP en caso de tráfico ilícito de drogas, terrorismo, protección de instalaciones estratégicas para el funcionamiento del país y servicios públicos esenciales, así como “en otros casos constitucionalmente justificados”, o “cuando la PNP sea sobrepasada en su capacidad de control del orden interno”.

¿Por qué se dispuso la intervención de las FF. AA.?

Según dictamen publicado este 2 de noviembre, la PNP solicitó, “mediante oficio 818-2021-CG PNP/SEC, que se gestione la expedición del dispositivo legal que disponga la intervención de las FF. AA. en apoyo a la Policía. Además, sustentó dicho pedido ”en el informe 129-2021-SCG-PNP/OFIPOL, mediante el cual la Oficina de Planeamiento Operativo Institucional de la Subcomandancia General de la PNP informa sobre la problemática existente en Lima y la Provincia Constitucional del Callao, a consecuencia de la delincuencia común y organizada”.