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Funcionario de la Fiscalía que fue acusado de violación ahora atiende a víctimas de trata

Julio Martínez Flores, quien fue acusado de violación sexual en el 2021 y cuya denuncia fue archivada en el 2022, ha sido reasignado a su puesto en la Fiscalía Especializada en Delitos de Trata de Personas (Fistrap) en la actual gestión de Rocío Gala Gálvez. El Ministerio Público respalda la designación al argumentar “eficiencia”, sin contemplar criterios éticos e idoneidad para la atención de víctimas.

El funcionario se desenvuelve como asistente en función fiscal en la Fiscalía Especializada en Delitos de Trata de Personas (Fistrap) de Lima. Foto: Andina
El funcionario se desenvuelve como asistente en función fiscal en la Fiscalía Especializada en Delitos de Trata de Personas (Fistrap) de Lima. Foto: Andina

El 5 de julio de 2021, dos asistentes del Ministerio Público (MP) del Callao denunciaron ser víctimas de violación sexual. Los acusados fueron el entonces fiscal adjunto Julio Martínez Flores —quien en seguida terminó destituido de su puesto— y Jener Cáriga Cavalié, un asistente de la misma institución. Casi un año después, el caso fue archivado por el 11.º Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima. Los acusados no fueron declarados inocentes, pero por falta de “elementos de convicción suficientes” se decidió cerrar el caso. 

Actualmente, este funcionario se desenvuelve como asistente en función fiscal en la Fiscalía Especializada en Delitos de Trata de Personas (Fistrap) de Lima, donde mantiene contacto directo con víctimas de violencia sexual. De acuerdo a esta misma entidad, la trata con fines de explotación sexual es la modalidad más usual en el Perú. Solo entre enero y mayo de 2023 se registraron 68 denuncias de este tipo.

Las mujeres que denunciaron a Martínez Flores tenían puestos subordinados. Según se puede leer en el requerimiento de sobreseimiento (expediente 2164-2021) que elabora el Ministerio Público, institución a la que está directamente vinculado el acusado, ellas declaran haber estado inconscientes cuando fueron violentadas sexualmente. 

En el expediente obtenido por este medio a través de una solicitud de acceso a la información, se observa que los patrones testimoniales de las denunciantes fueron sostenidos en todo momento, sin contradicciones. Asimismo, se incluyeron —como pruebas— conversaciones en las que uno de los acusados se comunica con una de las agraviadas, indicándole que “mantuvieron relaciones sexuales de manera consentida” y que “recuerde y recapacite”. 

En las pericias psicológicas de la otra agraviada se concluye que “presenta reacción ansiosa, situacional al proceso de investigación, sin recuerdo de vulneración sexual que presume”. En el caso de los imputados, cuando debieron colaborar con la investigación y declarar sobre los hechos denunciados, ambos se acogieron a guardar silencio.

En el expediente obtenido por este medio se observa que los patrones testimoniales de las denunciantes no se contradicen. Foto: La República

En el expediente obtenido por este medio se observa que los patrones testimoniales de las denunciantes no se contradicen. Foto: La República

El problema de este caso es que se imputó el delito contra la libertad sexual: violación de persona en estado de inconsciencia o en la imposibilidad de resistir. Pero las agraviadas no denunciaron inmediatamente, sino hasta días después, cuando una de ellas le comentó lo sucedido a una superior en el Primer Despacho de la 11° Fiscalía Provincial Corporativa Penal del Callao. En ese sentido, las pericias del médico legista no “encontraron lesiones recientes” y los exámenes toxicológicos y alcoholemia dieron negativo. Algo que se contradice con la escena recabada por la Policía Nacional del Perú (PNP).

Foto: La República

Foto: La República

Pero ¿cómo una persona que fue acusada de un delito contra la libertad sexual termina trabajando con víctimas de trata de personas, que muchas veces también son víctimas de violencia sexual? 

Este medio se comunicó con Martínez Flores para hacerle la consulta y nos indicó que era lo que le correspondía porque su proceso había sido archivado. “Yo sigo laborando en mi plaza de origen (Fistrap) como asistente en función fiscal porque tengo contrato indeterminado”, aseguró. Sin embargo, esto no fue así hasta que Rocío Gala Gálvez asumió la coordinación nacional de la Fistrap en julio del 2022. Antes de eso, Martínez Flores había sido restituido en la Fiscalía Especializada Contra el Crimen Organizado (Feccor). 

Según fuentes de la Fiscalía, Gala Gálvez también habría propuesto a Martínez Flores para ser promovido, nuevamente, como fiscal adjunto de la Fistrap. Esto no habría ocurrido porque la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales (OREF) habría planteado observaciones al expediente de Martínez Flores. 

La República se puso en contacto con el Ministerio Público para solicitar una entrevista con Rocío Gala Gálvez, pero nos informaron que no sería posible “por la temática”. En ese sentido, se les planteó dos consultas específicas sobre la designación y promoción de Martínez Flores y manifestaron que “se trata de un asistente en función fiscal que cuenta con amplia trayectoria profesional en la institución, desempeñándose eficientemente en distintos despachos fiscales e, incluso, ha sido promovido como fiscal adjunto provisional”. De esta última promoción que mencionan, fue destituido el 7 de julio de 2021 como consecuencia de la denuncia por violación.

A esto se suma el argumento de que el funcionario no tiene antecedentes penales, judiciales ni policiales, ya que el sobreseimiento se declaró consentido por el Poder Judicial y ninguna de las partes apeló. “En ese sentido, el retorno a la Fistrap se realizó debido a que se dispuso reponer al personal con plaza de origen en este despacho, con la finalidad de que puedan desempeñar sus funciones con la experiencia y el conocimiento que venían desempeñando (sic)”, defendió la entidad.

Ana María Vidal, abogada litigante de casos de violencia de género, explica que en este tipo de casos hay dos vías de acción: una a nivel de procedimientos disciplinarios del Ministerio Público y otra a nivel penal.

“Aquí, el hecho en sí de haber ido a tomar alcohol con sus subordinadas es algo que debería haber sido sancionado. La Ley de hostigamiento sexual es clara y ha debido aplicarse un procedimiento disciplinario interno”, señala. En el proceso penal, advierte que al agregarle la agravante de “estado de inconsciencia” se desvió la investigación del delito en sí mismo. “Han puesto la valla más alta porque no han investigado el delito de violación sexual, según lo establece el artículo 170 (del Código Penal). Entonces se han agarrado de que no se puede probar que no estuvieron en capacidad de dar su consentimiento para archivar todo”, añade.

También afirma que los procesos de apelación resultan demasiado desgastantes para las víctimas, por lo que, en muchos casos, desisten de las denuncias. “Todo está hecho para promover la impunidad y poner una escalera interminable a las víctimas de violencia de género. Muchas veces, el camino para denunciar termina siendo incluso más duro que la violencia primigenia, lo que se conoce como revictimización", puntualiza.

Finalmente, precisó que el reponerlo a la Fistrap carecería de toda lógica, no solo por las víctimas de trata con las que mantiene contacto en su labor, sino también con las trabajadoras de su entorno que se podrían ver expuestas a hechos como los que describieron las denunciantes de este caso.

Periodista explorando fronteras y crimen organizado en Perú.