¿Cuál es el PRECIO DEL DÓLAR HOY?

¿Más cerca de la solución?

¿Nos ayudará el informe? Va a depender mucho de la implementación de lo propuesto por los actores políticos”.

En esta historia constante del conflicto Congreso–Poder Ejecutivo, algunos acontecimientos parecerían denotar que estamos más cerca del fin de la trama.

En primer lugar, el nuevo uso de las cuestiones de confianza. La primera para intentar derogar la Ley n.º 31355, que regula la cuestión de confianza para limitarla en dos aspectos: (a) solo procede por ciertos temas (que sean de competencia del gobierno, y no de otras entidades; tampoco reforma constitucional); (b) se exige negación expresa de la confianza; en otras palabras, dispone que decir “no” a la confianza no pueda depender de una interpretación, sino de un “no” expreso, puesto en un documento, que se remita al Ejecutivo.

El Congreso decidió no permitir al presidente del Consejo de Ministros presentarla ante el Pleno, señalando que no se trataba de temas de competencia del gobierno. Aunque resulta opinable, una ley que limita las competencias de pedir cuestión de confianza parece estar en el marco de las funciones del Ejecutivo, contrario a lo decidido por el Congreso.

Con segunda arremetida, el gobierno planteó nuevo pedido. Esta vez para derogar la Ley n.º 31399, que limitó la posibilidad de que la ciudadanía promueva un referéndum para reformar la Constitución (sin pasar antes por el Congreso).

Una ley antes desatendida que hoy ha sido la razón –o la excusa– para emplear este mecanismo de control político. Incluso el presidente del Consejo de Ministros ha dejado entrever en su alocución que, dada la previa cuestión de confianza, podría entender como una segunda denegatoria que no se le otorgue este segundo pedido. ¿Presionará el gobierno para entenderlo como doble denegatoria y pretender disolver el Congreso?

Si bien la Ley n.º 31355 genera un desbalance en el equilibrio y contrapeso entre poderes, sin al menos intentar el mecanismo más legítimo de una reforma constitucional (con el mayor consenso que los 87 votos en dos legislaturas ordinarias sucesivas exigen), también es cierto que la norma está vigente y que en el Tribunal Constitucional no obtuvo los votos suficientes (se necesitan 5) para declararla inconstitucional.

Con ello, sin desnaturalizar la cuestión de confianza (por ejemplo, interpretando que nada forma parte de los “asuntos de competencia del gobierno”), es una norma que puede aplicarse. Intentar esta interpretación de doble denegatoria de confianza parece forzado y es peligroso para la institucionalidad del país. Incluso aunque que la Ley n.º 31399 restringió de manera irregular la posibilidad de acceso al referéndum y la participación de la ciudadanía.

Si como algunos dicen la interpretación era tan clara, ¿por qué emitir la ley? ¿Por qué la prioridad en su debate frente a otras iniciativas, como los proyectos que plantean el adelanto de elecciones u otros que buscan soluciones más estructurales a la crisis política?

En ese contexto, en esta semana se encuentra en el Perú la misión enviada por la OEA, que se reunirá con diversas autoridades del país, analizará la situación y planteará recomendaciones.

¿Qué se puede esperar del informe? Un análisis balanceado del accionar del Congreso frente al gobierno (y de los constantes intentos -más y menos sustentados- de remover al presidente), pero también de cómo viene actuando el gobierno en consonancia (y las múltiples acusaciones de corrupción).

¿Nos ayudará el informe? Va a depender mucho de la implementación de lo propuesto por los actores políticos, pero sobre todo de su voluntad de diálogo posterior, en lo que puede coadyuvar la incidencia –y hasta presión– de la sociedad civil y ojalá, sobre todo tras el informe, de la comunidad internacional.

En medio, surgen también nuevas propuestas de reforma promovidas por la sociedad civil. Algunas más innovadoras que otras. Van generando adeptos y detractores.

Lo más importante es que, con otras muchas (como las que planteó en su momento la Comisión de Reforma Política y otras muchas iniciativas de Congreso y gobierno) puedan encaminarnos a un debate para el necesario cambio de reglas en nuestro sistema político de cara a las próximas elecciones (sean estas pronto o en el año 2026).

En cualquier caso, habrá que estar alertas para que el desenlace a la crisis no provenga de la implosión o puesta en tensión máxima de la institucionalidad, sino que se encuentre dentro del marco constitucional y el Estado de derecho. Y también a que la alternativa no sea solo que todo siga como siempre o a quedarse en el poder –gobierno y Congreso– por y para nada.

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