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Sociedad

Apoyan la aplicación de un SOAT para bicicletas que realicen delivery

Luis Quispe Candia, presidente de la ONG Luz Ámbar, expresó que se debería ofrecer un SOAT o seguro similar para las personas que efectúen dicho servicio por este medio.

Repartidores de Rappi realizan delivery en diferentes zonas de Lima. (Foto: Aldair Jorge Mejia Lopez)
Repartidores de Rappi realizan delivery en diferentes zonas de Lima. (Foto: Aldair Jorge Mejia Lopez)

Respaldan la norma que protege a los repartidores. Luis Quispe Candia, presidente de la ONG Luz Ámbar, habló sobre la ley que establece un Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) para las bicicletas que realicen el servicio de delivery. Esto en línea con la ley del Congreso que busca regular el uso de vehículos menores motorizados y no motorizados.

“Es una norma positiva. Lamentablemente, en tanto esta obligación tenga el alcance para vehículos no motorizados va a generar una preocupación y complicaciones. Los vehículos motorizados, las motocicletas de dos ruedas, ellos ya tienen la obligación de tener un SOAT, no ahora, sino de siempre”, declaró para Latina.

“En cambio, las bicicletas no motorizadas van a tener ahora un SOAT. Como este producto no existe en el mercado, el Ministerio de Transportes deberá coordinar con la Asociación de Seguros para que estas entidades ofrezcan ese producto”, sostuvo.

Por otro lado, Quispe Candia señaló que quienes asumirían los pagos del señalado SOAT tendrían que ser los propietarios, tal como se da con las motocicletas; sin embargo, enfatizó que algunos detalles deben precisarse para este caso.

“Lo que no está claro es que si está dirigido solo a las empresas que prestan el servicio delivery o a cualquier otra persona natural que presta un servicio independiente. Esto tendría que ser reglamentado para que esta norma tenga una mejor explicación, los alcances no sean confundidos y, más aún, no sea utilizado por las autoridades de fiscalización para cometer excesos”, añadió.

Las declaraciones del presidente de Luz Ámbar se dieron después de que el Congreso aprobó, por mayoría, el dictamen que propone regular el uso de vehículos menores motorizados y no motorizados, del que se desprende la creación de un registro nacional de proveedores de servicio de reparto a domicilio a través de estos.

Dicha ley indica que para que puedan circular deberán contar con el SOAT, el certificado de revisión técnica vehicular y la placa única nacional de rodaje aprobada por los dispositivos legales correspondientes, entre otras exigencias.