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Heredero de la familia Moreyra Prado a un paso de recuperar millonario inmueble

La Corte Superior de Lima resolverá apelación presentada por Bruno Olcese Chepote, quien apeló sentencia de años de pena privativa de libertad suspendida y fuerte suma por reparación civil.

Casa Prado está valorizada en más de 20 millones de soles. Créditos: difusión
Casa Prado está valorizada en más de 20 millones de soles. Créditos: difusión

La Segunda Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Lima, resolverá la apelación presentada por el empresario Bruno Olcese Chepote, quien fuera sentenciado a 4 años de pena privativa de libertad suspendida por haber fraguado un acta de Junta General de Accionistas para despojar de sus bienes al heredero de Carlos Moreyra Prado.

El 2 de octubre de 2019, la jueza Soledad Santisteban Arana condenó por falsedad ideológica a Bruno Olcese Chepote y al contador Eduardo Liza Medrano, por haber simulado la reducción de 99% a 6% las acciones que tenía en la empresa Playa Paz Soldán el heredero de Carlos Moreyra, su hijo Aurelio Moreyra Camino.

Diez años después de ocurridos los actos fraudulentos, la jueza Santisteban dictó para Olcese y Liza, 4 y 3 años de pena privativa de libertad suspendida, respectivamente. Además fijó en 300 mil soles la reparación civil a favor del heredero Aurelio Moreyra Camino, que deberán abonar de manera solidaria. Solo Bruno Olcese decidió apelar la resolución de la magistrada.

Aprovechando la muerte en un accidente de tránsito de Carlos Moreyra Prado, personas allegadas al fallecido empresario fraguaron un acta de junta de accionistas para reducir sus acciones de 99% a 6% en la compañía Playa Paz Soldán y así disponer ilegalmente de sus bienes, en particular la conocida Casa Prado, valorizada en más de US$ 20 millones.

La jueza encontró culpables a Olcese y Liza de haber montado una supuesta junta general de accionistas el 2 de octubre de 2009.

En dicha supuesta junta, despojaron de sus acciones a Carlos Moreyra Prado y fueron convertidos en accionistas los hermanos Hernando y Alfonso López de Romaña Dalmau, y a la empresa Fondo Popular, de propiedad de Óscar Berckemeyer Prado, tío de Aurelio Moreyra Camino, hijo y heredero universal del fallecido Carlos Moreyra.

Como consecuencia de esta ilegal actuación los implicados despojaron al legítimo heredero Aurelio Moreyra Camino los derechos accionariales como socio mayoritario, disminuyéndole las que le correspondían a su difunto padre en la empresa Playa Paz Soldán sobre la propiedad de la Casa Prado, ubicada en Miraflores.

Para la jueza Soledad Santisteban es concluyente que los condenados actuaron en forma concertada para suscribir un documento consignando información falsa y así arrebatarle a Carlos Moreyra Prado el 99% de sus acciones, afectando al único heredero universal, su hijo Aurelio Moreyra Camino.

Los sentenciados incluso fabricaron fechas y declaraciones juradas para inscribir en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP) una junta general de accionistas que jamás existió. Por esta razón, en la sentencia la jueza Santisteban señala también como parte agraviada a la SUNARP, fijándoles una reparación civil.

“Se logró acreditar la existencia de inconsistencias temporales (fechas) entre el documento en cuestión (el acta de la falsa junta de accionistas) respecto a los correos electrónicos (...) de los acusados, concluyéndose que estos efectuaron una invención de condiciones para la suscripción del acta de la junta general de accionistas (de la empresa) Playa Paz Soldán, en una fecha posterior a la muerte del titular (Carlos Moreyra Prado)”, señala la sentencia.

Las acciones fraudulentas de los condenados se iniciaron después del 27 de febrero de 2010, fecha en la que falleció el empresario Carlos Moreyra en un trágico accidente automovilístico.

Además, de acuerdo con el fallo de la jueza Soledad Santisteban, los condenados fabricaron un acta de junta de accionistas fechada el 2 de octubre de 2009 y presentaron una escritura pública ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp).

Después de conocida la sentencia solo uno de los condenados apeló, Bruno Olcese Chepote, quien además era director de la empresa Playa Paz Soldán. En cambio, Eduardo Liza Medrano, estuvo conforme con el fallo.

Cuando estaba en vida Carlos Moreyra Prado, Liza era el gerente general y accionista minoritario de la compañía y terminó por confesar ante las autoridades el fraude.

“El documento cuestionado (el acta de la junta de accionistas) no fue suscrito el 2 de octubre de 2009 sino en el 2010 tras la muerte de su titular, Carlos Moreyra Prado”, declaró de manera voluntaria y bajo juramento Eduardo Liza Medrano.

En consecuencia, la titular del 13 Juzgado Penal de Lima, consideró que “la responsabilidad penal de los acusados se encuentra debidamente acreditada”.

Cabe resaltar además que en enero del presente año la Tercera Fiscalía Superior de Lima, opinó porque se confirme la sentencia apelada por encontrarla arreglada a ley.

El expediente del caso pasó a la Segunda Sala Penal Liquidadora de Lima, conformada por los magistrados Bonifacio Meneses González, Víctor Lazarte Fernández y Vilma Buitrón Aranda, quienes deberán resolver la apelación interpuesta por el condenado Bruno Olcese Chepote.

La Segunda Sala Penal Liquidadora de Lima deberá emitir su fallo antes que el delito que se le imputa a Bruno Olcese prescriba, tal como ocurrió con otro delito que se le atribuía al empresario, el de fraude procesal.

Mientras tanto, los accionistas que surgieron de los actos ilícitos de Olcese y Liza pretenden convertir la Casa Prado en un lujoso proyecto inmobiliario.

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