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Sociedad

Cajamarca: transporte público sería foco infeccioso de coronavirus

Defensoría del Pueblo pidió a municipalidad fiscalizar continuamente el aforo en vehículos de transporte público en Cajamarca, ante expansión del COVID-19.

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Coronavirus en el Perú. Para evitar casos de usuarios y choferes infectados con el COVID-19, la oficina regional de la Defensoría del Pueblo demandó a la Municipalidad Provincial de Cajamarca realizar labores permanentes de fiscalización-en horas de mayor tránsito vehicular-del nivel de aforo en los vehículos de trasporte público urbano.

Se supo que durante la primera semana de mayo, el personal de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Cajamarca verificó que los vehículos de trasporte urbano (Combis) no cumplían con el número permitido de pasajeros.

Y que dicha situación sumada a la escasa ventilación de los referidos vehículos, constituiría un peligroso foco de contagio del coronavirus. Además de que cuatro choferes habrían sido afectados en los últimos días.

Asimismo, ante la inminente reactivación de los servicios de taxis y mototaxis que habían sido suspendidos en la provincia de Cajamarca, la entidad recomendó la implementación progresiva de estos servicios teniendo en cuanta el aforo establecido y fiscalización continúa.

Se conoció que la Defensoría del Pueblo habría recibido denuncias ciudadanas a través de las redes sociales, donde se muestran imágenes de vehículos de trasporte público excediendo el límite de aforo de pasajeros.

La oficina de la Defensoría del Pueblo en Cajamarca recordó que la gran mayoría de personas que utilizan el transporte público acuden y provienen de los mercados de abastos, los cuales son focos de contagio, razón por la cual, deben cumplir medidas de seguridad.

¿Cuál es el tope?

Comos e sabe, el Decreto Supremo 083-2020-PCM establece un aforo no mayor del cincuenta por ciento (50%) de la capacidad de los vehículos de transporte público y en los puntos de recojo de pasajeros.

Rol de gobiernos locales

La Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre señalan que corresponde a los gobiernos locales no solo regular el transporte urbano sino también fiscalizar, detectar infracciones e imponer sanciones frente al incumplimiento de las normas en la materia.

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