Audio revela que Benavides tiene 'topo' en Eficcop
Política

Arequipa: Sala anula sentencia contra Omar Candia y ordena nuevo juicio

Caso. Uno de los vocales lo resumió en metáfora de fútbol. Juez era el árbitro y puso el pie para evitar el gol. Se ordenó un nuevo juicio para Candia y otros cinco imputados.

El alcalde provincial de Arequipa, Omar Candia Aguilar, se salvó de ir a la cárcel luego que la Sala de Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, anulara la sentencia que lo condenaba a 6 años de prisión. Sin embargo, no está absuelto, se ordenó un nuevo juicio para él y otros cinco imputados, investigados por un presunto direccionamiento en la compra de 40 videocámaras en la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, en el año 2012. En ese entonces Candia era alcalde de esa comuna.

¿Qué llevó a los magistrados Max Rivera Dueñas, Orlando Abril Paredes y Percy Chalco Callo a anular la sentencia del juez Max Vengoa Valdiglesias? El razonamiento de los letrados, fue que Vengoa vulneró el derecho de defensa de los acusados, pues cambió la imputación penal que formuló el fiscal sin avisarles, de manera que no pudieron contradecirla.

La imputación penal contiene el delito que comete un procesado y su modalidad. En base a ello, la Fiscalía acumula pruebas para demostrar que se cometió el ilícito penal.

El Ministerio Público imputó a Candia y otros funcionarios de la comuna de Alto Selva Alegre, la calidad de coautores de colusión agravada. Sin embargo, en su sentencia condenatoria, el juez Vengóa varió el título de la imputación, a autores mediatos en grupos organizados de poder.

Al convertirse en un autor mediato, el imputado no tiene participación directa en el hecho delictivo, sino que ejerce una presión como el “hombre de atrás”. El expresidente Alberto Fujimori Fujimori, fue condenado bajo esta figura por la Matanza de Barrios Altos.

No lo informó

¿Un juez puede cambiar esta imputación? El colegiado señaló que sí puede hacerlo. Sin embargo, debe informar por escrito a las partes, para que preparen su defensa frente a la nueva tesis. Los magistrados concluyen que los inculpados, recién tomaron conocimiento durante la sentencia.

La sala también observó que el juez Vengoa haya añadido hechos que no estaban en la acusación de la Fiscalía, para así justificar la figura de la autoría mediata. El magistrado Orlando Abril, consideró que introducir hechos sustanciales solo es rol del Ministerio Público, de lo contrario, el juez ya no sería un árbitro imparcial. Comparó la acción como un partido de fútbol, donde el árbitro se interpone para evitar un gol.

Con la decisión de la Sala de Extinción de Dominio, los investigados Omar Candia Aguilar, Juan Lipe Lizárraga, Reynaldo Díaz Chilo, José Luis Ríos Sánchez, Sandro Constantino Martínez Sardó y los sucesores de Daniel Gómez Benavente, tendrán un nuevo proceso.

Será el tercer juicio por el caso de las videocámaras. En un primer proceso Candia fue absuelto, pero en la apelación, una Sala halló que dicha decisión no estaba fundamentada y ordenó un nuevo proceso que también fue anulado.

Mala calidad de sentencias

El decano del Colegio de Abogados, José Arce Villafuerte, cuestionó la calidad de las sentencias de los jueces de primera instancia, pues luego son revertidas en la fase de apelaciones, muchas veces por fallas de forma antes que de fondo. Consideró que esto mella la imagen del Poder Judicial y genera una sensación de impunidad, por la dilatación de los procesos.

Licenciado en Periodismo por la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa. Labora en el Grupo de La República desde el 2018. Videorreportero de la Unidad de Respuesta Periodística Inmediata de La República (URPI-LR).