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Protección de datos personales y acceso a la información

“Hace 20 años tenemos Ley de Transparencia, hace 10, Ley de Protección de Datos Personales, hace 4, Autoridad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales”.

Por un lado tenemos la protección de datos personales, desarrollada como respuesta, entre otras, a fenómenos como el nazismo y toda forma de autoritarismo que utilizando la información de las personas (en especial su información más sensible), con la legislación de protección de datos personales se busca evitar que el Estado o cualquier privado (empresa, colectivo o individuos) puedan, utilizando la información de las personas, generar mecanismos de discriminación por color de piel, credo político, opción sexual, filiación religiosa, datos genéticos, entre otros; de igual modo la legislación de datos personales evita las vulneración de libertades y derechos, de personas que hayan podido brindar su información.

Del otro lado tenemos la legislación de acceso a la información pública, creada para transparentizar el Estado, como instrumento de lucha contra la corrupción, para la veeduría ciudadana, para fomentar la democracia basada en la transparencia y no en una cultura de secretismo. Es pues la información del Estado, disponible para el equilibrio democrático.

Sin embargo, en un errada aplicación de la legislación de datos personales se ha negado acceso a información que serviría para transparentizar el Estado. El Congreso ha denegado reiteradamente información de acceso público, sobre todo de funcionarios públicos. Intentó bloquear el acceso a los correos electrónicos de Martín Vizcarra (el Tribunal de Transparencia tuvo que clarificar que sí eran accesibles siguiendo el artículo 16A del Reglamento de la Ley de Transparencia).

Hace 20 años tenemos Ley de Transparencia, hace 10, Ley de Protección de Datos Personales, hace 4, Autoridad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. Y hace 28 años, desde la Constitución de 1993, se incorporó el habeas data como proceso constitucional, casi tres décadas de desarrollos de estos dos lados de la misma moneda.

La República

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