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Elecciones 2021: desde este sábado rige el silencio electoral

Prohibiciones. No se podrá realizar propaganda electoral, no habrá franja electoral ni venta de bebidas alcohólicas desde este sábado. Además, el día de las elecciones no se podrá dar publicidad al sentido del voto.

El Jurado Electoral Especial y la municipalidad de cada distrito se encargan de retirar las propagandas a un día de las elecciones. Foto: La República
El Jurado Electoral Especial y la municipalidad de cada distrito se encargan de retirar las propagandas a un día de las elecciones. Foto: La República

Son varias las restricciones que los partidos políticos, candidatos, la ciudadanía y los medios de comunicación social deberán tener en consideración en el marco de las elecciones generales de este domingo 11 de abril, de acuerdo a lo establecido por la Ley Orgánica de Elecciones (LOE). De no cumplirlas, se ha establecido diferentes multas e incluso sanciones penales.

A partir de este sábado queda prohibida la propaganda electoral. La Directora Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Yessica Clavijo, explicó que en caso se infrinja esta disposición, la multa se aplica a la organización política y va entre las 30 UIT (S/ 132.000) a las 100 UIT (S/ 440.000). Además, recalcó que al tratarse de un delito electoral, la sanción es de una pena privativa de la libertad no menor de 2 años.

Cabe destacar que hoy tampoco se pueden hacer entrevistas a los candidatos en los medios de comunicación. “En este caso, los fiscalizadores del JNE levantan la información y se eleva al Ministerio Público”, refirió Clavijo. Tampoco hay franja electoral.

En cuanto a las reuniones y manifestaciones públicas de carácter político, la restricción empezó desde el viernes 9 de abril. De allí que todos los cierres de campaña se realizaron el jueves o en muy pocos casos un día antes. Para quienes rompan esta medida, hay una pena privativa de la libertad no menor de tres meses ni mayor de 2 años.

Ley seca

Clavijo recordó que desde este sábado 10 a las 8.00 a. m. comenzó la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas, la misma que se extenderá hasta el lunes 12 de abril a la misma hora. Si se infringe esta medida, se aplica una multa de S/ 2.790 para el local. La funcionaria informó que en este caso también existe un delito electoral y, por lo tanto, hay una pena privativa de la libertad no menor de seis meses. Además, se dará una pena accesoria de inhabilitación o suspensión de dicho comercio.

“Lo que normalmente ocurre es que salen los fiscalizadores, personal de la municipalidad, el ministerio público. Se levanta el acta correspondiente y se imponen la multa (de ser el caso)”, comentó.

Asimismo, está prohibida desde este sábado la detención de los electores, miembros de mesa, así como de personeros, salvo que incurran en flagrante delito.

Clavijo destacó también que de acuerdo al artículo 358 del Código Penal, está prohibido dar publicidad al sentido del voto, es decir, mostrar la cédula de sufragio. En este caso, hay una pena privativa de la libertad de 1 año para quienes realicen este tipo de actos.

Finalmente, desde el pasado lunes 5 de abril quedó restringida la difusión y publicación de encuestas. La multa, en este caso, está entre las 10 UIT y 100 UIT. Es decir, entre S/ 44.000 y S/ 440.000.

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