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Elecciones

Transparencia exhorta al JNE a priorizar derechos políticos de candidatos

La Asociación Civil pidió que en estos comicios no se repitan los problemas generados con las exclusiones de candidaturas presidenciales de 2016.

La Asociación Civil Transparencia exhortó al pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) a priorizar el derecho fundamental a la participación política de los candidatos a la presidencia, antes que consideraciones formales.

Faltando apenas seis semanas para las elecciones, las exclusiones, en particular la de los postulantes a la presidencia, puedan afectar el proceso electoral, con consecuencias similares a las vistas con aquellas ocurridas en el 2016. No debemos cometer los mismos errores”, indica.

Asimismo, hizo un llamado a los partidos en competencia a adoptar un compromiso firme con la reducción del formalismo en la legislación electoral, cuestión que debe ser parte de la agenda del próximo Congreso.

“Las faltas a la normativa deben tener penas proporcionales, tocándole a la ciudadanía sancionar políticamente estos incumplimientos mediante su voto”, finaliza.

Pronunciamiento de Transparencia. Foto: difusión

Pronunciamiento de Transparencia. Foto: difusión

Forsyth y López Aliaga podrían quedar fuera de las elecciones

La candidatura a la presidencia de George Forsyth (Victoria Nacional) se mantiene en suspenso luego de que el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 confirmara su decisión de excluirlo de las Elecciones Generales 2021 por no declarar rentas en su declaración jurada de Hoja de Vida.

El personero legal a nombre de Forsyth apeló a dicha resolución y el caso podría elevarse al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para la resolución.

Por su parte, el mismo ente electoral resolvió excluir del proceso electoral al candidato de Renovación Popular (RP), Rafael López Aliaga, por vulnerar la norma sobre propaganda electoral. El postulante dijo que si llega a la presidencia, donaría su sueldo a entidades sociales.

El organismo electoral determinó que cometió una infracción al artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP) por la realización de “conductas prohibidas” tras infringir las normas de propaganda electoral desde su cuenta de Facebook.

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