Feriado 8 y 9 de diciembre: ¿cuánto deben pagarme por trabajar días festivos?
Empresas podrían ser multadas con hasta S/ 241.638 por incumplir con el pago adicional, según Sunafil.
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Los trabajadores del sector privado podrán acceder a un pago adicional por sus labores el próximo jueves 8 y viernes 9 de diciembre, decretados feriados por la Inmaculada Concepción y la Batalla de Ayacucho, respectivamente.
En ese caso, Sunafil detalla cuánto percibiría un empleado por sus actividades en feriado, si las realizan de manera presencial o remota.
Por ejemplo, si una persona cobra al mes S/ 1.025, su jornal diario es de S/ 34,17. Tras ello, se debe dividir todo el suelo entre 30.
Por lo tanto, le correspondería lo siguiente en los feriados:
- Una remuneración por el trabajo realizado: S/ 34,17
- Una remuneración por la sobretasa del 100%: S/ 34,17
Sunafil precisa que un trabajador recibiría, bajo este ejemplo, S/ 68,34 por cada feriado laborado adicional a su sueldo mensual. En total, considerando los dos días: S/ 136,68.
Sanciones por no pagar los feriados
Los empleadores que incumplan con dar los beneficios por laborar en los feriados del 8 y 9 de diciembre, cometerían una infracción muy grave y las multas oscilarían entre S/ 1.058 y S/ 241.638, dependiendo del tamaño de la empresa.
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