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Economía

Vivienda: modifican reglamento para acceder a Bono Familiar Habitacional

Incorpora a grupos familiares con salud afectada como consecuencia de una situación generada en el lugar de vivencia habitual.

Resolución Ministerial n° 133-2022-Vivienda  fue publicada hoy en el diario El Peruano. Foto: Vivienda.
Resolución Ministerial n° 133-2022-Vivienda fue publicada hoy en el diario El Peruano. Foto: Vivienda.

El Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (MVCS) modificó el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional (BFH), para la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva e incorporó el BFH de intervención excepcional.

En la Resolución Ministerial n° 133-2022-Vivienda, publicada hoy en el diario El Peruano, se establece que el BFH de intervención excepcional se otorgará para la atención de un grupo familiar (GF) con salud afectada, en peligro inminente que su salud se vea afectada o cuya atención forma parte del compromiso asumido por el MVCS, a través de viviendas de segundo uso.

El dispositivo legal precisa que los GF con salud afectada o en peligro inminente que su salud se vea afectada, son aquellos que, en su totalidad o alguno de sus miembros, se encuentra padeciendo de alguna enfermedad o exista riesgo de padecerla, a consecuencia de una situación generada en el lugar de vivencia habitual y una o más entidades del Poder Ejecutivo hayan sustentado debidamente la necesidad de su atención a través de un informe.

En el caso del GF cuya atención forma parte del compromiso asumido por el MVCS, señala que dicho compromiso consiste en la atención del GF a través de una vivienda, el cual debe constar en un acta, previo informe elaborado por algún órgano o programa del MVCS, o por alguna entidad del Poder Ejecutivo, que sustenta la necesidad de la atención.

En ambos casos el listado de los GF es elaborado o trasladado a la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (DGPPVU) del MVCS por la entidad que emite el citado informe.

Finalmente, la norma indica que el valor excepcional del BFH es igual a la diferencia del valor máximo de la vivienda de interés social en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva, menos el valor del ahorro.

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