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Economía

Retorno a clases: ¿qué cubre el seguro escolar?

Son más de 8 millones de alumnos los que regresan a las aulas. Ante ello, es oportuno saber cuáles son las coberturas para los alumnos y padres de familia.

Es importante organizar la mochila escolar para evitar que se pierdan los útiles. Foto: Hogarmanía
Es importante organizar la mochila escolar para evitar que se pierdan los útiles. Foto: Hogarmanía

Más de 8 millones de niños y adolescentes de los colegios públicos y privados retomaron sus clases presenciales, luego de dos años alejados de las aulas. Ante ello, muchos padres de familias se consultan sobre cuáles son las coberturas que tiene el seguro escolar.

Al respecto, Diego Rosell, subgerente de comercial masivos de Protecta Security, compañía que brinda dicho servicio, recordó que este tipo de seguros no es condición para la matrícula escolar, ya que no es obligatorio pero sí importante para la protección de los escolares.

De acuerdo a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), los seguros para escolares tienen por finalidad proteger a los alumnos contra el riesgo de accidentes dentro o fuera de sus centros de estudios, y/o asegurar el pago de las pensiones estudiantiles en caso de fallecimiento del padre o apoderado, u otras coberturas que ofrezcan las compañías aseguradoras.

Los seguros escolares más comunes son:

  • Seguro escolar de accidentes: cubre los gastos que genera un accidente dentro o fuera de la institución educativa, de acuerdo a las condiciones establecidas en la póliza.
  • Seguro de renta estudiantil: cubre la muerte o la incapacidad de la persona responsable del pago de las pensiones, con el cual el alumno tiene garantizado el pago de sus estudios.

¿Cuáles son las coberturas más frecuentes?

  • Gastos por atenciones médicas (hospitalarias o ambulatorias) derivados de un accidente.
  • Indemnización por invalidez permanente total o parcial por accidente.
  • Indemnización por muerte accidental del alumno y/o padre asegurado.
  • Traslado en ambulancia y/o en avión comercial a nivel nacional (solo en el caso que el asegurado no pueda movilizarse por sus propios medios, dada la gravedad del accidente).
  • Gastos de sepelio por fallecimiento accidental del asegurado y/o del padre de familia.

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