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Economía

Sunarp: Municipios pueden inscribir adjudicaciones de predios a través de internet

Menos burocracia, más trabajo. Las comunas distritales y provinciales adheridas al sistema podrán agilizar los procedimientos de titulación de propiedad en beneficio, sobre todo, de las poblaciones rurales.

El superintendente nacional de los Registros Públicos (Sunarp), Harold M. Tirado Chapoñan, precisó que las municipalidades provinciales y distritales que se suscriban al Sistema de Intermediación Digital Municipalidades (SID) podrán tramitar totalmente en línea la adjudicación de títulos emitidos con firma digital en el Registro de Predios.

De acuerdo con la resolución N° 134-2021-SUNARP/SN, publicada en el diario oficial El Peruano, la inscripción de la adjudicación mediante el SID Municipalidades permitirá reducir el número de observaciones que el registrador genera ante la presentación de un título de propiedad, emitido por una municipalidad provincial o distrital, gracias a un convenio de delegación de facultades.

“Tomando en cuenta que un título de propiedad físico puede ser falsificado, el registrador público suele requerir a la municipalidad generadora del documento que confirme su autenticidad. Aunque necesario, este proceso ocasiona demoras en el plazo del procedimiento registral. He allí la importancia de que los gobiernos locales se suscriban al SID Municipalidades, plataforma virtual que busca garantizar la seguridad y rapidez del procedimiento registral”, dijo Tirado Chapoñan el IX Pleno Nacional de Registradores Públicos 2021, en Pucallpa.

Sunarp: ¿beneficios por registro online de predios?

Los títulos de propiedad generados por municipalidades distritales o provinciales son documentos que cuentan con plena validez por parte del sistema jurídico peruano. Entre sus beneficios destacan el aumentar el valor del predio y que pueden utilizarse como garantía para obtener un crédito en una entidad financiera, además de ayudar a resolver los problemas de límites entre lotes de dos o más ciudadanos.

En el caso de aquellas municipalidades que ya cuentan con un convenio de adhesión vigente al SID Municipalidades, la resolución precisa que estas ya tienen habilitado el acto de adjudicación desde la fecha de publicación de la misma, por lo que no se requiere que firmen alguna adenda.

Es importante precisar que la presentación electrónica, a través del módulo SID Municipalidades, constituye un medio alternativo a la presentación de títulos en soporte de papel de las municipalidades provinciales y distritales.

Además del acto de adjudicación recientemente incorporado, mediante el SID Municipalidades todas las entidades suscritas – y que incorporen la firma digital para sus actos administrativos- también podrán tramitar la inscripción de certificados de numeración, nomenclatura y jurisdicción en el Registro de Predios, así como la inscripción de separaciones y divorcios en el Registro de Personas Naturales.

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