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Economía

SBS supervisará que bancos cumplan con las tasas de interés máximas fijadas por el BCRP

Será el Departamento de Supervisión de Conducta de Mercado de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera la que estará a cargo de la función en el marco de la ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros.

Evita pasar una mala experiencia con las tarjetas de crédito. Foto: difusión
Evita pasar una mala experiencia con las tarjetas de crédito. Foto: difusión

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) asignó al Departamento de Supervisión de Conducta de Mercado de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera la función de supervisar el cumplimiento de tasas de interés máximas cobradas por parte de las empresas del sistema financiero, según lo que establezca el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP).

Para ello, se dispuso, en una norma publicada este 28 de agosto, que la Superintendencia Adjunta de Riesgos deberá entregar a la Gerencia de Planeamiento y Organización, en un plazo de 30 días calendario, información para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones. Y en máximo 45 días calendario, un proyecto de Manual de Organización y Funciones, debidamente concordado y alineado al Reglamento de Organización y Funciones.

Asimismo, en un plazo de 45 días calendario, una propuesta de nueva estructura organizacional, asignación de recursos y plan de actividades, que permita la adecuada implementación de la función de supervisión del cumplimiento de tasas de interés máximas que establezca el Banco Central de Reserva del Perú a las empresas del sistema financiero.

El Banco Central decidió establecer la metodología para la determinación de las tasas máximas para los nuevos créditos de consumo, de consumo de bajo monto (menor o igual a 2 unidades impositivas tributarias), y para los nuevos créditos para pequeñas y microempresas, en el marco del cumplimiento de la Ley nº 31143 “Ley que Protege de la Usura a los Consumidores de los Servicios Financieros” al Departamento de Supervisión de Conducta de Mercado de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera.

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