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Economía

Congreso: aprueban dictamen que mejora derechos de empleados part time

La Comisión de Trabajo del Congreso de la República dio luz verde al proyecto. Propuesta se sustenta en la presunta desnaturalización de los contratos debido a vacíos legales.

Empresas. Las micro y pequeñas empresas que sufrieron más con la pandemia podrán financiar sus operaciones y mantenerse a flote en la crisis económica. Foto: difusión
Empresas. Las micro y pequeñas empresas que sufrieron más con la pandemia podrán financiar sus operaciones y mantenerse a flote en la crisis económica. Foto: difusión

La Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso de la República aprobó el dictamen de ley que propone que los trabajadores a tiempo parcial con hasta cuatro horas diarias de trabajo puedan contar con derechos laborales como Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), vacaciones, utilidades y protección contra el despido arbitrario.

El dictamen recaído en el Proyecto de Ley n.º 472-2016, la iniciativa n.º 7068-2020 y un texto sustitutorio recibió luz verde de los parlamentarios Enrique Fernández (Frente Amplio), Miguel González (Partido Morado), Tania Rodas (APP), Hans Troyes (Acción Popular), José Vega (UPP) y Daniel Oseda (Frepap); y la abstención de Carlos Almerí (Podemos Perú).

La propuesta de la congresista del Frepap, Luz Cayguaray, busca modificar el marco legal referido a los contratos de trabajo part time, ya que “su extensión a todas las actividades comerciales se ha desnaturalizado por aprovecharse de los vacíos legales que ha producido un gran perjuicio a los trabajadores por el abuso que cometen los empleadores al usar indebidamente dicha modalidad”.

Entre las prerrogativas que podría alcanzar el trabajador se encuentra que este establezca un contrato individual de trabajo que puede celebrarse libremente por tiempo indeterminado o sujeto a modalidad. El primero podrá celebrarse en forma verbal o escrita y el segundo, en los casos y con los requisitos que la presente ley establece.

También busca modificar los artículos 10 y 12 del Decreto Legislativo 713, para que el trabajador tenga derecho a 30 días calendario de descanso vacacional por cada año completo de servicios.

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