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Economía

Gratificación 2020: ¿cuándo se paga?

Conoce la fecha en la que se pagarán las gratificaciones de este 2020 a los trabajadores, de acuerdo a ley. Además, revisa a quiénes le corresponde y cómo calcular el monto.

Consejos para invertir la gratificación
Consejos para invertir la gratificación

En este mes de diciembre, se paga la segunda gratificación de este 2020 a los trabajadores, monto adicional por ocasión de la Navidad que gran parte de las empresas del sector privado brindan a sus empleados.

Este monto garantizado por ley está establecido y tiene plazos asignados. De acuerdo al decreto supremo 005-2002-TR, el pago de la gratificación de diciembre 2020 se debe realizar durante la primera quincena del último mes del año.

En tal sentido, los empleadores tienen plazo para abonar el dinero adicional en la cuenta de los trabajadores hasta el martes 15 de diciembre de 2020; sin embargo, el abono se puede realizar días anteriores a esa fecha límite.

En caso la empresa no realice el pago en la fecha límite indicada, el trabajador puede reclamar su derecho mediante una carta dirigida al área de Recursos Humanos, y si esta solicitud no es atendida, el empleado puede presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

¿Quiénes reciben la gratificación de diciembre 2020?

De acuerdo a la ley 27735 y el decreto legislativo 728, los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada reciben gratificación, salvo las microempresas y los practicantes.

En el caso de las pequeñas empresas, de acuerdo a la ley 28015, los empleados tienen derecho a una gratificación de media remuneración y no reciben este pago quienes están menos de un mes en una empresa.

En el sector público, los funcionarios reciben un aguinaldo cuyo valor actual es de S/ 300, según el decreto de urgencia 014-2019, que determinó el presupuesto público del año 2020.

¿Cuánto corresponde como gratificación 2020?

La gratificación se calcula en base al último sueldo recibido. A ello se le agrega la asignación familiar, en caso de que corresponda, y el 9% del sueldo para los afiliados a EsSalud o el 6,75% del pago para los afiliados a una Empresa Prestadora de Servicios (EPS).

Aquellas personas que han laborado menos de seis meses en el semestre, el monto final de la gratificación se calcula en base con la remuneración bruta, la cual se divide entre 6 y luego se multiplica por la cantidad de meses trabajados.

En el caso de los trabajadores que han estado en suspensión perfecta o hayan acordado la suspensión temporal del contrato de trabajo durante algunos meses del semestre, se calcula la gratificación por los meses efectivamente laborados.

Cuando el empleado ha recibido montos adicionales al sueldo fijo, como horas extras, comisiones o bonos regulares (remuneraciones variables), estas se computan a la gratificación cuando se ha recibido por un mínimo de tres meses en el semestre.

Solo se computan los meses durante los cuales se haya trabajado en todo el mes. Por ejemplo, si se inició labores un 15 de agosto, ese mes no se incluye.

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