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Economía

Minem: reactivación de la gran minería generará más de 68 mil empleos directos

Tras conocerse que la gran minería forma parte de la primera fase de la reanudación de actividades económicas, el Ministerio de Energía y Minas destacó que esto garantizará el 55 % del PBI minero metálico del 2020.

Foto: Minem.
Foto: Minem.

El Ministerio de Energía y Minas estimó que la reactivación de la gran minería generará más de 68 mil empleos directos en operaciones de 32 titulares mineros en dicho rubro.

Cabe precisar que con la reanudación de actividades se garantizará el 55 % del PBI minero metálico correspondiente al 2020, lo que se traduce en tributos al Estado y recursos para las regiones que permitirán atender a la población durante el estado de emergencia por la COVID-19 y en la etapa posterior, según el Minem.

Asimismo, la reactivación de proyectos de la gran minería declarados de interés nacional y afectadas por la pandemia (Quellaveco, Mina Justa y Ampliación Toromocho), empujarán la economía del país generando empleos y dinamizando actividades como la construcción de mina, servicios, metalmecánica y otros.

Protocolos sanitarios

Es por ello que el Minem aprobó los protocolos sanitarios para implementar medidas de prevención y respuesta ante el nuevo coronavirus en las actividades del subsector y los criterios de focalización territorial, para actividades como explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas, así como los proyectos de construcción de mina declarados interés nacional.

Para reanudar sus actividades, los titulares de dichas operaciones deben cumplir criterios como: utilidades que procesan más de 5.000 TM/d, campamentos mineros (o acondicionar componentes auxiliares o alojamientos externos que garanticen la salud de los protocolos, y haber declarado producción a diciembre de 2019 a través del Estamin.

Sumado al cumplimiento de los lineamientos del Minsa para cuidar la salud de los trabajadores y no tener medidas administrativas o judiciales de paralización.

Las empresas que cumplan con estos puntos, deberán contar con su “Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo”, el cual debe aprobarse por sus Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Posteriormente se remitirán al Minem para la verificación de su estructura y finalmente, el titular minero – procederán según el Minsa – a través del INS, a regístralo en el SICOVID-19,

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