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Economía

Capeco pide al Ejecutivo otorgar compensación especial a los obreros en estado de emergencia

Gremio constructor sostiene que compensación sea con cargo a recursos del Estado gestionados por Essalud. Plantea además que se reembolse a las empresas que hubieran efectuado pagos a cuenta por ese concepto.

Obras en urbe contribuyeron a dinamizar construcción.
Obras en urbe contribuyeron a dinamizar construcción.

La Cámara Peruana de la Construcción (Capeco) ha solicitado al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) que excluya a los trabajadores obreros del Decreto de Urgencia N°029-2020, el cual dispone que los empleadores deberán otorgar una licencia con goce de haber durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional dispuesto por el Ejecutivo.

Según indica el documento firmado por el presidente del Consejo Directivo de Capeco, Humberto Martínez, dicha obligación no es aplicable a la actividad constructora, ya que “la naturaleza particular de las relaciones laborales entre empresas y trabajadores en este sector, así como de la imposibilidad práctica de proceder a la compensación de horas de trabajo debido a las condiciones y plazos en que se ejecutan los procesos productivos dentro de las obras de construcción”.

Asimismo, señala que Capeco ha estimado no menos de 150 millones de soles el monto de las retribuciones quincenales de los más de 100 mil obreros que trabajan en obras formales de construcción civil, “obligación que un número importante de compañías constructoras estarían en dificultades de cubrir en las actuales circunstancias”.

Al respecto, el gremio constructor sugiere que el Estado disponga el otorgamiento de una Compensación Especial a los trabajadores de Construcción Civil durante el tiempo de vigencia del estado de emergencia. Además, también recomendó otras medidas:

a) Autorizar la transferencia de recursos del Servicio Nacional de Capacitación, Investigación y Normalización de la Construcción (SENCICO) provenientes de los aportes de los empleadores del sector construcción a Essalud que se encargará de la gestión de los recursos.

b) Disponer la asignación de recursos del Tesoro Público para ser transferidos a Essalud con el propósito de cubrir la diferencia entre los requerimientos financieros para cumplir con el pago de la compensación especial de todos los trabajadores de construcción beneficiarios y los recursos señalados en el literal a).

c) Encargar a Essalud la verificación de los beneficiarios de la compensación especial de los trabajadores de construcción civil que se encontraban laborando hasta el día anterior a la entrada en vigencia del estado de emergencia en obras de construcción para que, a partir de las planillas remitidas por las empresas constructoras, a efectuar el pago de las compensaciones o a reembolsar los montos pagados a cuenta por los empleadores por tal concepto.

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