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Economía

Los decretos de urgencia en materia económica que revisaría el Congreso

Legislatura. Nuevo Parlamento entraría en funciones en la segunda semana de marzo. Deberán revisar las medidas emitidas por el Ejecutivo durante el interregno, tomando en cuenta los informes correspondientes de la Comisión Permanente.

Informes. Comisión Permanente revisó y emitió informes sobre los DU aprobados por el Ejecutivo en los últimos meses.
Informes. Comisión Permanente revisó y emitió informes sobre los DU aprobados por el Ejecutivo en los últimos meses.

1|Negociación colectiva

¿Qué dice el DU 014-2020? Norma las negociaciones colectivas entre trabajadores y las entidades públicas. Tendrá una vigencia de dos años y el pliego de reclamos presentado se sujetará al monto establecido por el Informe Económico Financiero (IEF) que presente el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). El diálogo se dará a través de 3 niveles: centralizado, centralizado especial y descentralizado. Este último solo podrá recurrir al laudo arbitral en caso no haya un acuerdo inicial.

¿Qué dice la Comisión Permanente? El informe final, pendiente de votación, indica que el DU no cumple con su constitucionalidad. Además, “no se ha sustentado razonablemente la urgencia” y “colisiona con el derecho a la negociación colectiva de los servidores públicos”. Recomiendan que se evalúe su derogación y se debata el proyecto que regula la negociación colectiva.

Por su parte, el laboralista Javier Neves encuentra objeciones a la norma del Ejecutivo: “Hay falta de diálogo social: el MEF y Servir les expusieron los lineamientos del futuro DU, sin entregarles el texto. En el nivel centralizado y centralizado especial, los sindicatos no tendrán otra opción que la huelga. El IEF elaborado señala un límite máximo, no hay posibilidad de contradecirlo. La infracción al IEF acarrea la nulidad del convenio colectivo o laudo arbitral y la aplicación”, anotó.

2|Fusiones empresariales

¿Qué dice el DU 013-2019? Regula las operaciones de concentración empresarial, que previamente deberá solicitarse la autorización a la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi. Además, establece como requisitos que las empresas involucradas tengan un valor total de ventas que alcancen o superen S/ 507,4 millones (118 mil UIT). Y que individualmente el valor de las ventas de las empresas involucradas en la operación sea igual o mayor a S/ 77,4 millones (18 mil UIT). La vigencia es de 5 años.

¿Qué dice la Permanente? No se cumple con su constitucionalidad. No hay mecanismos para garantizar el deber de confidencialidad. También deben regularse los aspectos de concentración horizontal.

Al respecto, el excongresista Jorge del Castillo señaló que “el DU es temporal. Queda superado con la ley, a falta de votarse su reconsideración. Una norma de este tipo no puede ser temporal. Hay sanciones que se han reducido, como no darle información a Indecopi es falta grave, en el DU es falta leve”.

3|Medicamento genérico

¿Qué dice el DU 007-2019? Establece la cobertura y abastecimiento de medicamentos genéricos con Denominación Común Internacional (DCI) en las farmacias públicas, mientras que es obligación de las farmacias privadas brindar la alternativa al consumidor para adquirir el medicamento genérico.

Son 31 genéricos obligatorios que deben estar disponibles en todas las boticas y farmacias a nivel nacional, según la lista del Ministerio de Salud. Desde marzo se impondrá una multa de hasta S/ 8.400 (2 UIT) por no demostrar su disponibilidad.

¿Qué dice la Permanente? “Supera el análisis de control constitucional”, señalan. Se contribuye con la protección constitucional del derecho a la salud, pero es insuficiente.

Javier Llamoza, decano del Colegio Químico Farmacéutico de Lima, el DU “soluciona el problema de desabastecimientos y obliga al mercado privado a tener una lista de genéricos. Pero afecta a las farmacias independientes en las multas. Si son cerradas, fortalecen la posición de dominio de las farmacias grandes, y pueden elevar su precio”.

4|Régimen agrario

¿Qué dice el DU 043-2019? Amplía hasta el 2031 la Ley de Promoción Agraria. El régimen laboral y el beneficio tributario incluirá al sector acuícola y forestal. Aumenta el jornal a S/ 39,10 si trabajan más de 4 horas en promedio. El salario debe ser mayor al sueldo mínimo. Las vacaciones serán de 30 días, mientras que, ante un despido arbitrario, su indemnización será equivalente a 45 remuneraciones diarias por cada año completo de servicios, hasta 360 remuneraciones diarias. El empleador aportará a EsSalud un 6%, y subirá hasta 9% en 2029.

¿Qué dice la Permanente? El informe final –falta votación– lo considera constitucional, dado que incluye "casi a cabalidad" la autógrafa de ley relacionada en el Congreso. El informe en minoría indica que el DU "adolece de vicios".

Para Clímaco Cárdenas, presidente de la Convención Nacional del Agro Peruano, este régimen no alcanza al 98% de los pequeños productores del Perú. “Los trabajadores del campo ya no tienen su derecho completo y, en los pequeños productores, no alcanzan las actividades de agricultura tradicional. Es una ley de agroexportación”, acotó.

5|Beneficios tributarios

Son alrededor de seis decretos de urgencia que implican beneficios tributarios, ampliando las exoneraciones: para el fomento del libro (por un año), la promoción de la investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica (hasta 2022), la explotación minera y de los hidrocarburos (2022), la reinserción económica y social del migrante retornado (2022) y en el pago de productos primarios con impacto directo en las personas y en un grupo de actividades productivas (hasta 2020). Asimismo, se fracciona la deuda tributaria por aportes de las entidades públicas a EsSalud por 10 años.

¿Qué dice la Permanente? Cinco de los DU se han votado en la Comisión Permanente: se declaró constitucional los beneficios vinculados al libro, la minería y reinserción económica del migrante; mientras que se consideró inconstitucional el de innovación tecnológica e investigación científica; y se rechazó el de productos primarios, que se consideraba que gravaba “las adquisiciones con donaciones en el exterior”. Falta votar el de la aportes a EsSalud –que sería constitucional–.

El tributarista Jorge Picón expresó que los DU “están en un rango inconstitucional de manera clara, pero en casos en que han beneficiado a los contribuyentes y no los perjudica”