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Economía

Venta ambulatoria de chips: Osiptel interpone medida cautelar a cuatro operadoras

Se tratarían de las principales empresas de telefonía, las cuales podrían ser multadas con más de 634 mil soles si no prohíben hasta mañana la venta ambulatoria.

Comercio. En la avenida Argentina, en el Centro de Lima, se concentra la mayor parte de vendedores ambulatorios de chips de diversos operadores de telefonía. (Foto: Mauricio Malca)
Comercio. En la avenida Argentina, en el Centro de Lima, se concentra la mayor parte de vendedores ambulatorios de chips de diversos operadores de telefonía. (Foto: Mauricio Malca)

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL interpuso medidas cautelares contra las cuatro empresas operadoras de telefonía móvil, otorgándoles un ultimátum de un (1) día para que cesen definitivamente la venta de servicios de telecomunicaciones en la vía pública, que ponen en riesgo la seguridad de los usuarios y atentan contra su derecho a una correcta y adecuada información.

Un eventual incumplimiento de las medidas cautelares constituiría una infracción muy grave, que puede ser sancionada con multas que van desde 634.200 soles (151 UIT) hasta 1’470,000 soles (350 UIT).

En los últimos días, el OSIPTEL ha realizado acciones de supervisión tanto en Lima como en Provincias, en las cuales detectó que las empresas operadoras continúan realizando la venta ambulatoria de líneas móviles (chips), incumpliendo la disposición del regulador de cesar esta práctica en 10 días hábiles, como se advirtió en un comunicado, el 27 de noviembre del presente año.

Al respecto, el Presidente del Consejo Directivo del OSIPTEL, Rafael Muente Schwarz, explicó que las medidas cautelares se sustentan en actas levantadas en las acciones de fiscalización en las que “se ha podido constatar claramente que se siguen realizando contrataciones que atentan contra las normas vigentes”.

Lo lamentable es, justamente, esa actitud de rebeldía de las empresas operadoras frente a una norma vigente (Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones), que establece que la contratación del servicio público móvil debe realizarse en puntos de venta autorizados y ubicados en una dirección específica, aseguró Muente Schwarz.

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