¿Qué otros pagos extra recibirá el trabajador en el 2019?
Los empleados dependientes tienen derecho a percibir algunos ingresos adicionales en lo que resta del año. Entérate aquí cuáles son.
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¿Ya gastó su gratificación de Fiestas Patrias? No se impaciente porque aún recibirá algunos pagos extra por parte de su empleador en los próximos meses. Aquí te recordamos cuáles.
Compensación por Tiempo de Servicios(CTS): Es un beneficio social que se otorga al trabajador con la finalidad de constituir una suerte de ahorro forzoso. De esa forma, podrá hacer frente a una situación de desempleo. Se paga dos veces al año, en mayo y noviembre.
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El empleado solo puede retirar parte de su fondo de CTS solo si queda sin trabajo, por despido o renuncia, o si su ahorro acumulado excede el monto de cuatro sueldos. Es decir, si gana 3 mil soles mensuales, solo podría efectuar un retiro si ha juntado más 12 mil soles.
Continuando con el ejemplo anterior, si el empleado ha acumulado en su fondo de CTS 14 mil soles, podrá disponer de hasta 2 mil soles.
La CTS se paga en función al número de meses completos que se hayan laborado entre mayo y octubre.
¿Cómo calculo mi CTS? Primero, debo considerar la Remuneración Computable(RC) considerando los siguientes datos:
-Sueldo sin descuentos.
-Monto de asignación familiar (si aplicara).
-Suma total de horas extras en el último semestre dividido entre 6.
-La Gratificación: Se calcula sumando todas las remuneraciones y dividiéndolas entre 6.
Una vez que tenemos la RC la dividiremos entre doce y la multiplicaremos por el número de meses trabajados en el semestre en cuestión(mayo-octubre)
Entonces, veamos el ejemplo de alguien que recibe una remuneración fija. Imaginemos que su sueldo es de 3 mil soles, no cuenta se con asignación familiar y la gratificación de julio fue también de 3 mil soles. Entonces la RC sería:
RC=3.000+(3.000/6)=3.500
Por lo tanto, asumiendo que la persona trabajó durante todo los meses de mayo a octubre, la CTS sería:
CTS=3.500*12/6= S/ 1.750
Gratificación por Navidad
Al igual que en Fiestas Patrias, el trabajador recibirá un ingreso adicional en diciembre. Para calcularlo, se considera sueldo, más el 9 % adicional correspondiente a una bonificación extraordinaria, si su empleador paga a EsSalud, o del 6.75% si el trabajador tiene EPS.
Entonces, si el empleado gana 3 mil soles y el empleador paga Essalud, la gratificación sería:
Gratificación: 3.000*1,09=S/ 3.270
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