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Economía

Sunafil: Los criterios comprobarán si una empresa discrimina salarialmente a sus trabajadores

Desde el 1 de julio, las grandes empresas han comenzado a ser fiscalizadas para regular las políticas salariales y su cumplimiento. Para las micro y pequeñas empresas comenzará el 1 de diciembre.

Sunafil.
Sunafil.


En el marco de la ley que prohíbe la discriminación salarial entre hombres y mujeres - aprobada el año pasado - la Sunafil publicó un nuevo protocolo que será la guía para que los fiscalizadores laborales determinen si una empresa comete o no diferencias remunerativas entre hombres y mujeres.

Para ello, los fiscalizadores primero determinarán si la empresa cuenta con un Cuadro de categorías y funciones así como política salarial y si ambas les fue notificada o explicada a sus trabajadores. Este cuadro debe contener los puestos de trabajo, descripciones de los puestos, y su jerarquización.

Asimismo, se catalogará como discriminación directa o indirecta, la diferencia de sueldo por motivos de embarazo, maternidad, lactancia, responsabilidades familiares o violencia.

Para ello, el fiscalizador comparará si entre las funciones asignada al trabajador afectado son similares con el puesto atribuido en el Cuadro de categorías y funciones y la política salarial del sujeto inspeccionado.

Aunque de encontrarse diferencia, se debe comprobar si esta situación se da por un tema de antigüedad, desempeño, negociación colectiva, experiencia laboral, costo de vida, perfil académico, Escasez de oferta de mano de obra calificada para un puesto determinado, cuando objetivamente se demuestre que las calificaciones requeridas por un puesto de trabajo son escasas en el mercado, entre otros.

La ausencia de justificación objetiva y razonable de diferencia remunerativa entre trabajadores/as de diferentes sexos da lugar a que el inspector determine la existencia de discriminación remunerativa directa por sexo.



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