Declaran fundada la solicitud de embargo preventivo de Agustín Lozano, presidente de la FPF
Tal como lo solicitó la Procuraduría Anticorrupción en Lambayeque, se declaró fundado el embargo de los inmuebles del mandamás de la FPF y su esposa.
Hace unas semanas, la Fiscalía de la Nación pidió formalizar y continuar la investigación preparatoria contra Agustín Lozano, actual presidente de la Federación Peruana de Fútbol, por presuntos delitos de lavados de activos en agravio del Estado. Ahora último, se declaró fundada la solicitud de embargo preventivo contra el mandamás de la FPF cuando fue alcalde del distrito de Chongoyape en Lambayeque.
"Se resuelve declarar fundada la solicitud de embargo en forma de inscripción formulada por la Procuradoría Pública Anticorrupción Descentralizada, sobre los derechos expectaticios que le correspondan al procesado Agustín Lozano Saavedra, al fenecimiento de la sociedad de gananciales, que conforma con su cónyuge Orfelinda de los Milagros Correa Pajares", se puede leer en el documento.
¿Qué inmuebles embargarán a Agustín Lozano?
En dicha resolución, la Procuradoría Anticorrupción de Lambayeque señaló detalló los bienes de Agustín Lozano y su esposa que deberán ser embargados:
- Inmueble inscrito en la Partida Registral N° 02207620 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo, hasta por la suma de 522.470 soles.
- Inmueble inscrito en la Partida Registra N° 11138202 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - sede Chiclayo de la Oficina Registral de Chiclayo de la SUNARP, hasta por la suma de 2,225.00 soles.
- Inmueble inscrito en la Partida Registra N° 11038756 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - sede Chiclayo de la Oficina Registral de Chiclayo de la SUNARP, por la suma de 118.440 soles.
- En el inmueble inscrito en la Partida Registra N° P10073592 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - sede Chiclayo de la Oficina Registral de Chiclayo de la SUNARP, hasta por la suma de 69,758.00 soles.
- Sobre las acciones y derechos que ostenta el encausado, Agustín Lozano Saavedra, en el inmueble inscrito en la Partida Registral N° P10074194 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - sede Chiclayo de la Oficina Registral Chiclayo de la SUNARP, hasta por la suma de 23,474.00 soles.
Declaración fundada de la Fiscalía. Foto: Fiscalía
Ministerio Público inició investigaciones sobre Agustín Lozano
En febrero de presente año, la Procuraduría Anticorrupción de Lambayeque solicitó al Poder Judicial el embargo preventivo de propiedades de Agustín Lozano, valorizadas en 3 millones de soles, en el marco de la investigación que se le sigue al presidente de la Federación Peruana de Fútbol (FPF) por presunto enriquecimiento ilícito durante su etapa como alcalde de Chongoyape. Cabe señalar que el documento ya había sido presentado en diciembre pasado.
¿Qué denuncias tiene Agustín Lozano, presidente de la FPF?
Agustín Lozano está siendo investigado por varias denuncias:
- Presunta organización criminal: la Fiscalía investiga a Agustín Lozano por ser parte de una presunta organización criminal. Según la investigación, Lozano habría aprobado pagar de forma ilícita a clubes como Carlos Stein, Llacuabamba, Grau, entre otros. La presunta organización criminal no habría comunicado la real situación administrativa, económica y financiera de la Federación Peruana de Fútbol a los miembros que constituyen su Asamblea de Bases.
- Fraude en la administración de persona jurídica: según una denuncia de fecha 18 de febrero de 2022, Agustín Lozano supuestamente habría cometido el delito de fraude en la administración de persona jurídica. En el año 2020, habría estado haciendo uso indebido de los recursos económicos de la FPF, al haber aprobado ilícitamente pagos con el monto S/250.000 a la Asociación de Fútbol Club Carlos Stein, Club Social Cultura y Deportivo Llacuabamba, Club Atlético Grau y a todos los equipos de segunda profesional.
- Enriquecimiento ilícito: el Ministerio Público oficializó la denuncia contra Lozano por el presunto delito de enriquecimiento ilícito en agravio del Estado.