En Facebook, una publicación viral anunció que el presidente de la República, Martín Vizcarra, y el Ministerio de Salud (Minsa) podrían ‘quitar’ títulos a los médicos si comparten recetas o tratamientos de la COVID-19, distintos con la normativa nacional e internacional.
Verificador de La República se enfocó en determinar quién tiene la facultad de retirar los títulos a los profesionales de la Medicina. Y concluyó que el contenido del post es falso, porque esta potestad es competencia solo de las universidades.
Es falso que el Minsa podría retirar títulos a profesionales de la Medicina. Foto: captura en Facebook.
En comunicación con este medio, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) declaró que “la universidad está delegada por el Estado peruano para otorgar los grados académicos y títulos profesionales. Y, así como tiene la facultad de conferir estos, también tiene la competencia para poder declararlos nulos”.
Explicó que esta competencia es en conformidad del reglamento interno de la casa de estudio, que se encuentra alineado a la Ley Universitaria, N° 30220. En el artículo 45 de la Ley señala: “La obtención de grados y títulos se realiza de acuerdo a las exigencias académicas que cada universidad establezca en sus respectivas normas internas”.
La facultad de retirar el título de algún profesional es competencia solo de las universidades. Foto: captura en Facebook.
La Sunedu precisó que el reglamento aplica para todas las carreras. “Si la universidad determina dentro de sus procedimientos internos que al momento de conferir y otorgar el grado o título no se cumplió con algún requisito establecido en la Ley Universitaria o en alguna normativa interna de la universidad, entonces, declara la nulidad”, enfatizó.
Dijo que si un médico incurriera en una falta, como brindar recetas o tratamientos no conformes con los protocolos del Minsa, la universidad no tendría ninguna intervención y tampoco por este motivo se le puede quitar el título. Resaltó que se declara nulo el título siempre y cuando se hayan incumplido las normas referidas para otorgarlos
En el Perú, la colegiatura de los médicos es indispensable y está a cargo del Colegio Médico del Perú (CMP), quien “incorpora obligatoriamente a todos los médico-cirujanos que se encuentren legalmente aptos para ejercer la profesión”.
Raúl Urquizo, médico-cirujano y exdecano del Colegio Médico de Lima, detalló: “El Colegio no retira títulos a los profesionales. Si hay alguna falta del médico, el Colegio puede sancionar, suspendiendo la colegiatura. Cuando hacemos eso, ese título no le sirve a la persona, porque cuando va a buscar trabajo le pedirán una constancia que certifique que es un médico habilitado. Entonces si no está en el registro del Colegio Médico, entonces ese cartón no le sirve de nada”.
Indicó que si un médico trata una enfermedad con productos de uso industrial que no han sido registrados como medicamentos, el Comité de Ética y Deontología del Consejo Regional del Colegio Médico de la jurisdicción correspondiente está en la facultad de abrir un proceso. Aunque señaló que la sanción dependerá del tipo de denuncia.
Es falso que el Minsa podría retirar títulos a profesionales de la Medicina. Foto: captura Ley Universitaria.
Explicó que hay dos instancias que pueden sancionar a un médico. Por un lado, está el Comité de Ética que ve el comportamiento del profesional de la salud que incumple los valores del Colegio Médico —Ley, Estatuto, Reglamento, Código de Ética y Deontología y cualquier norma o acuerdo—; por el otro, el Poder Judicial que ve la parte civil o penal, es decir, la denuncia de las personas afectadas a un médico.
“(En estas dos modalidades) no hay una interrelación. Por ejemplo, si se condena a un médico que haya atropellado y matado a alguien, el Poder Judicial no le puede ordenar al Colegio Médico que le sancione, porque no ha sido en función al acto médico, sino de otra índole”, precisó. Añadió que en esos casos se podría abrir un proceso ético de oficio y el Colegio evalúa el tiempo de suspensión.
Según el exdecano, la sanción de un médico en el Colegio va desde una amonestación hasta una suspensión —que podrían llegar hasta 5 años— pero también hay expulsión. Indicó que dependerá de la gravedad del caso.
“La sanción significa corrección. El Comité de Ética no ha sido creado de forma punitiva y sancionadora, sino de manera correctiva. Este es el principio de la orden médica, de corregir comportamientos. La ‘falta’ se debe a varios motivos, ignorancia, audacia, entre otros. El Poder Judicial sí es punitivo”, diferenció.
De acuerdo al médico-cirujano, la Procuraduría Pública del Minsa puede denunciar en el Colegio si tiene conocimiento de algún médico que incurra en una falta. También, continuó el galeno, puede hacerlo en el Poder Judicial, y eso depende del caso.
El post es falso porque el Minsa no retira el título del médico. El organismo competente es la universidad, que tiene la facultad de anular grados o títulos, siempre y cuando, la persona haya incumplido los requisitos que establece el reglamento de la casa de estudio y la Ley Universitaria para otorgar estos.
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