En el Perú, la aplicación de la pena de muerte es un tema que suele surgir ante casos de violación o asesinato, debido a la gran indignación social que generan. En diversas ocasiones, sectores de la población piden sanciones más severas para estos delitos, incluyendo la pena capital.
Sin embargo, es importante entender las limitaciones jurídicas que existen para implementar esta medida en el país. Uno de los principales obstáculos es la adhesión de Perú a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, también conocida como el Pacto de San José, que limita la extensión de la pena de muerte.
Esta información fue recopilada y expuesta por el Poder Judicial mediante un estudio dirigido por el ex presidente del PJ, José Luis Lecaros.
Esta investigación también aborda cuál es el único delito por el que se permite aplicar la pena de muerte en el Perú, a pesar de los tratados internacionales.
El Pacto de San José, firmado por Perú en 1969, es un tratado internacional que establece derechos y libertades que los Estados Partes deben respetar. Las naciones firmantes reconocen los derechos inherentes de cada persona, justificando así la necesidad de una protección internacional de carácter convencional, complementaria o subsidiaria.
Los países signatarios, incluido Perú, se comprometen a proteger los derechos y libertades establecidos en el acuerdo, garantizando su pleno ejercicio a todas las personas bajo su jurisdicción. Esto debe realizarse “sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social”.
Este pacto establece restricciones claras sobre la implementación de la pena de muerte en los países signatarios. En su artículo 4, la Convención impide a los países extender la pena capital a delitos que no estuvieran contemplados previamente en su legislación nacional antes de la firma del tratado.
Esto significa que la pena de muerte no puede aplicarse a delitos como asesinatos o violaciones, ya que estos crímenes no estaban sujetos a esta sanción en el marco legal peruano en ese momento.
Si bien la Convención Americana restringe el uso de la pena de muerte, el Perú mantiene esta sanción en su legislación para un único delito: la traición a la patria en caso de guerra exterior.
De acuerdo con el artículo 140 de la Constitución Política del Perú, la pena capital sigue siendo aplicable para aquellas personas que cometan actos de traición contra el Estado peruano durante un conflicto armado internacional.
Este es el único supuesto en el cual se podría aplicar la pena de muerte de manera legal en el Perú, ya que está contemplado desde antes de la firma del Pacto de San José. En este sentido, las sanciones más severas contra otros delitos graves, como el asesinato o la violación, están restringidas a penas de cárcel, debido a que nunca estuvieron bajo el supuesto de la pena capital.