Agenda tus días libres en agosto. Durante este mes se acercan días feriados, esperados por muchos trabajadores tanto del sector público como del privado. Este mes ofrece la oportunidad de disfrutar de dos fechas designadas como feriados, en las que se celebran y conmemoran eventos importantes. Es importante recordar que en estos días festivos no se debe trabajar y, si se hace, la ley estipula que los trabajadores deben recibir un incremento salarial o la opción de un día de descanso adicional.
Es fundamental respetar y valorar estos momentos de descanso y reflexión, que nos permiten recargar energías y disfrutar de tiempo de calidad con nuestros seres queridos. ¡Aprovechemos al máximo estos días feriados para descansar y renovarnos!
El martes 6 de agosto se celebrará un feriado nacional en conmemoración de la Batalla de Junín, ocurrida en 1824 en la pampa Chinchaycocha. Este enfrentamiento fue crucial para la independencia no solo del Perú, sino de toda la región, ya que simbolizó la lucha por liberarse de la opresión española. La gesta heroica de ese día marcó un hito en la historia de la emancipación y la consolidación de la soberanía de nuestros pueblos.
Según el Decreto Legislativo N.º 713, el 30 de agosto es un feriado nacional para ambos sectores de trabajo en conmemoración del día de Santa Rosa de Lima, quien es reconocida como la primera Santa de América. Es un día en el que se honra su legado y se conmemora su labor en la historia de la cristiandad en el Perú y en todo el mundo.
Trabajar en un día feriado, como el 6 o 30 de agosto, implica ciertos beneficios adicionales para los trabajadores. Según la legislación laboral peruana, aquellos que deban cumplir con sus responsabilidades laborales en un feriado nacional tienen derecho a un triple pago que se divide de la siguiente forma:
Feriados
Días no laborables (sector público)
Un feriado es un día específico declarado por la ley en el que se conmemoran eventos significativos, como festividades nacionales o religiosas, y durante el cual la mayoría de los trabajadores tienen derecho a no laborar con goce de sueldo. En cambio, un día no laborable es un término más amplio que puede referirse a cualquier día en el que no se trabaja, ya sea por decisión de la empresa, acuerdos laborales o situaciones excepcionales, y no necesariamente implica que sea un día festivo oficial.