La Fiscalía deberá pronunciarse y decidir si presenta una denuncia constitucional contra la presidenta Dina Boluarte por la desactivación del Equipo Especial de Policías que prestaba apoyo a Equipo Especial contra la Corrupción en el Poder (Eficcop) o archiva el caso. Así lo ordenó el juez supremo de la investigación preparatoria Juan Carlos Checkley al declarar fundado el pedido de control de plazos presentado por la defensa de la mandataria.
Por este caso, la Fiscalía atribuye a Boluarte y al exministro Walter Ortiz los delitos de encubrimiento personal y abuso de autoridad. Esto por la resolución ministerial 0610-2024-IN, resolución con la que se desactivó al Equipo Especial de policías que lideraba el coronel PNP Harvey Colchado por una supuesta duplicidad de funciones con la División de Investigación de Delitos de Alta Complejidad (Diviac). La desactivación se oficializó horas antes de que se ejecutara la detención preliminar de Nicanor Boluarte y Mateo Castañeda, hermano y abogado de la mandataria, respectivamente, por el denominado caso Los Waykis en la Sombra.
La Fiscalía abrió la investigación preliminar el 10 de mayo, un día después de que se publicó la referida resolución ministerial. De acuerdo con la resolución a la que accedió La República, el plazo de 60 días venció el pasado 9 de julio, siendo este el último día en el que la Fiscalía pudo haber ampliado el plazo. No obstante, la disposición que extiende el plazo por otros 60 días se emitió el 24 de julio. Es decir, fuera de tiempo.
"La ampliación o prórroga del plazo debe producirse antes que éste venza. Vencido el plazo no se podrá instar su prolongación, prórroga y ampliación; en el presente caso, la ampliación se dio posterior al vencimiento del plazo originalmente establecido por lo que el control de plazo debe ser declarado fundado", se lee en la resolución.
PJ declara fundado control de plazos solicitado por Dina Boluarte.
Una serie de diferencias al interior de la Junta de Fiscales Supremos habría facilitado el descuido del plazo de la investigación preliminar, según se advierte en la resolución del juez Checkley.
El 10 de mayo, el fiscal de la Nación interino, Juan Carlos Villena, abrió la investigación preliminar, pero el 20 de junio decidió apartarse y enviar lo actuado a la Primera Fiscalía Suprema en lo Penal, despacho a cargo del fiscal supremo Pablo Sánchez.
Villena se apartó del caso y envió la carpeta a Pablo Sánchez.
Sin embargo, el 24 de junio, el despacho de Sánchez rechazó el apartamiento de Villena y devolvió la carpeta fiscal a la Fiscalía de la Nación, que declaró improcedente esta acción el 1 de julio y nuevamente remitió todo a la Primera Fiscalía Suprema en lo Penal.
En la resolución se revela que, el 3 de julio, dicha Fiscalía Suprema elevó el caso a la Junta de Fiscales Supremos con el objetivo de que esta instancia determine qué despacho fiscal debe tener a su cargo la investigación contra Boluarte por la desactivación del Equipo Especial PNP.
El 10 de julio, la Junta de Fiscales Supremos acordó por unanimidad que sea el despacho de Pablo Sánchez.
Otro punto a destacar es que el 5 de julio, la Fiscalía concedió 15 días de vacaciones a Sánchez, desde el 8 al 22 de julio.
Luego, el 24 de julio, la Primera Fiscalía Suprema en lo Penal "se avocó" –es decir, empieza a hacerse cargo– del caso. Ese mismo día, dicho despacho emitió la disposición con la que ampliaba el plazo por 60 días. Para el juez Checkley, la prolongación se dio fuera del plazo.