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Política

Caso Cócteles: fiscal Pérez pide que se excluya solo a Oré Guardia y continuar con juicio a Keiko Fujimori

El Tercer Juzgado Penal Colegiado debate los términos en que debe ejecutar la sentencia del TC sobre la nulidad de obstrucción a la justicia. Los abogados piden excluir a todos los acusados.

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José Domingo Pérez pide que solo se excluya del juicio al jurista Arsenio Oré Guardia | César Romero | Justicia TV

El fiscal del Equipo Especial del caso Lava Jato, José Domingo Pérez solicitó al Tercer Juzgado Penal Colegiado que solo cumpla la sentencia del Tribunal Constitucional respecto al jurista y catedrático Arsenio Oré Guardia, rechace la nulidad respecto a los demás acusados y se continúe con las audiencias del juicio público del caso Cócteles.

Los jueces del Tercer Juzgado Penal Colegiado, Juana Mercedes Caballero, Nayko Coronado y Max Vengoa escucharon a la fiscalía, la procuraduría y los abogados defensores antes de tomar una decisión. Los magistrados han pasado a discutir en privado su decisión. La audiencia se encuentra en receso.

Pérez explicó que frente a la sentencia del Tribunal Constitucional el Juzgado Penal Colegiado tiene dos alternativas. La primera postura, que comparte la fiscalía, es ejecutar única y exclusivamente la exclusión del abogado y catedrático de derecho penal, Arsenio Oré Guardia, en una decisión razonable.

La segunda alternativa o postura, que la fiscalía no comparte, es la exclusión de todos los acusados por obstrucción a la justicia. Lo que suceder, dijo, es esperar el nuevo pronunciamiento del fiscal superior y coordinador del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela Barba.

¿Ustedes tienen las atribuciones y facultades para extender los alcances de la sentencia a las personas que no fueron incluidas en el proceso de Amparo? preguntó el fiscal a los jueces. "Un proceso de Amparo en el que no fui emplazado, a pesar que me reconoce como agraviado", anotó Pérez.

Agregó que los otros procesados que se sientan incluidos en esta sentencia tendrán que accionar y pedir su derecho en ejecución de sentencia. El Juzgado Penal Colegiado no tiene la facultad para excluir a todos, cuando existen las vías legales para que ellos pueden hacerlo, explicó.

El fiscal José Domingo Pérez también se pronunció en contra del pedido de los 14 abogados de incluir en los alcances de la sentencia el delito de organización criminal.

La procuraduría general del Estado respaldó la posición del Ministerio Público. Solo se debe acatar respecto de Arsenio Oré y que los demás acusados esperen.

El fiscal José Domingo Pérez y la jueza Nayko Coronado

Antes de la intervención del fiscal, los abogados pidieron que se cumpla la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró que se afectaron los abogados de Arsenio Oré Guardia porque José Domingo Pérez investigó un hecho donde el fiscal aparecía como agraviado.

Algunos abogados han pedido la nulidad del proceso no solo por obstrucción a la justicia, sino también por organización criminal y que el caso sea devuelto a la fiscalía, para que se reformule la acusación y se realice un nuevo control de la acusación.

Preguntas del Juzgado

Luego de escuchar al fiscal, la procuraduria y los abogados, los jueces del Tercer Juzgado Penal Colegiado realizaron una serie de preguntas al fiscal.

La presidenta del Juzgado, Juana Mercedes Caballero le preguntó al fiscal que resoluciones se emitieron después del 7 de enero de 2019. Pérez respondió que en esa época el caso se encontraba en investigación preparatoria y todavía no se había presentado la acusación fiscal.

En la disposición N° 93 del 11 de diciembre de 2018 la fiscalía amplió las investigaciones a Oré Guardia y otros por obstrucción a la justicia. En las disposiciones 146 del 6 de diciembre de 2019 y la 206 del 18 de diciembre de 2020 se amplían las investigaciones por obstrucción de las investigaciones en organización criminal y se incluye a Keiko Fujimori y otros.

Abogados: la sentencia debe cumplirse para todos

Christian Salas, abogado de Fuerza Popular

Luego de escuchar al fiscal, el Juzgado Penal Colegiado volvió a escuchar la posición de los abogados defensores. Christian Salas Beteta precisó que el TC no establece que el fiscal José Domingo Pérez sea el perjudicado, sino que al precisar los hechos señala que sería interesado directo en el resultado de la investigación.

"El fiscal debería ceder la intervención del Ministerio Público a su fiscal adjunta, ya no debería intervenir por la sentencia del TC", anotó.

Salas subrayó que la sentencia no dice que anula las resoluciones y disposiciones respecto de Arsenio Oré Guardia, sino que declara la nulidad de todos los actos fiscales posteriores al 7 de enero de 2019, lo que incluye la acusación fiscal por obstrucción a la justicia.

El abogado Percy García explicó que no es cierto que el Tribunal Constitucional no notificará al fiscal José Domingo Pérez, pues en el proceso intervino el fiscal superior coordinador del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela Barba.

Humberto Abanto indicó que la sentencia pone en evidencia que el fiscal José Domingo Pérez no debió investigar el delito de obstrucción a la justicia, lo que afectó no solo Arsenio Oré Guardia, sino a todos los demás investigados por los mismos hechos.

Percy García Cavero, abogado de Arsenio Oré Guardia

También organización criminal

"Las resoluciones emitidas por el fiscal Pérez son nulas y la nulidad alcanza a todos los procesados incluidos en esas decisiones, que sean imputados por obstrucción a la justicia, no excluye solo a Oré Guardia. No hay una nulidad parcial", argumentó Gonzalo del Río.

Preciso que esta nulidad alcanza al delito de organización criminal respecto a obstrucción de la justicia.

La abogada de Keiko Fujimori, Giulliana Loza indicó que la sentencia debe cumplirse en sus propios términos y argumentos. Lo que se anula son todas las disposiciones sobre obstrucción a la justicia, pues Oré Guardia no fue el único investigado por este delito, sino también se incluyó a otros procesados.

También rechazaron la posición de la procuraduría, de que cada uno de los investigados por obstrucción a la justicia recurran individualmente a las instancias constitucionales o en ejecución de una sentencia, para solucionar un vicio procesal que ocurrió cuando el fiscal intervino en una investigación donde era agraviado.