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Condenan en Cuba a 127 personas a un total de 1.916 años de cárcel por protestar el 11 de julio

Miles de cubanos marcharon el 11 de julio por las calles de la Habana, en una multitudinaria protesta contra el Gobierno de Díaz-Canel.

larepublica.pe
Miles de cubanos marcharon el domingo 11 de julio por las calles de todo el país al grito de “¡Libertad!”, “¡Abajo la dictadura!”, “No tenemos miedo”, y “Patria y vida”. Foto: AFP

La Justicia cubana sentenció este miércoles a 127 personas a un total de 1.916 años de cárcel por hechos relacionados con las protestas antigubernamentales del 11 de julio pasado.

El Tribunal Supremo de la República informó en una nota de prensa del fallo del Tribunal Provincial Popular de La Habana por el juicio, celebrado entre el 14 de diciembre y el 3 de febrero, por los hechos acaecidos en los municipios capitalinos de Diez de Octubre y Arroyo Naranjo.

En total se juzgaba a 129 personas, de las cuales una fue absuelta y otra recibió una pena de 4 años “de privación de libertad, subsidiado por igual término de trabajo correccional sin internamiento”, según recogió el sitio web oficial Cubadebate.

Los enjuiciados estaban “acusados de cometer y provocar graves disturbios y hechos vandálicos, con el propósito de desestabilizar el orden público, la seguridad colectiva y la tranquilidad ciudadana”, según el Tribunal Supremo.

La nota, que no hace referencia a las edades de los quienes fueron juzgados, indica que se les ha condenado por los delitos sedición y hurto, dependiendo del caso.

Las penas máximas son dos condenas de 30 años, seguidas por una de 26, tres de 25, ocho de 23, tres de 22, tres de 21, 11 de 20, cuatro de 19, once de 18, seis de 16 y 9 de 15 años de cárcel.

Además, 10 personas fueron condenadas a 14 años de prisión, seis personas a 13 años, 17 personas a 12 años, cinco a 11 años, 10 a 10 años, cuatro a 9 años, 8 a 8 años, cuatro a siete años y dos a seis.

El Tribunal Supremo destaca que los jueces “tuvieron en cuenta el grado de participación, las condiciones personales de los implicados, así como la gravedad, lesividad y violencia de los actos cometidos”.

También destacó “la situación excepcional que vivía el país producto de la pandemia” de la COVID-19, en particular en La Habana, donde “se había tomado medidas excepcionales para contrarrestar sus efectos, que incluían, entre otras, la limitación de movimiento y el aislamiento social”.

El tribunal dispuso, asimismo, que los condenados están obligados a “indemnizar a las personas que resultaron lesionadas a consecuencia de los hechos cometidos y reparar los daños ocasionados a las entidades”.

Tanto a los acusados sancionados como a la Fiscalía les asiste el derecho de interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo Popular contra la sentencia dictada por el órgano judicial que realizó el juicio en primera instancia, recuerda el comunicado.