La Cámara de Comercio de Lima dio a conocer que los trabajadores incluidos por sus empresas dentro de la suspensión perfecta, así como también los que perciban una remuneración menor o igual a S/ 2,400 mensuales, podrán recibir hasta este viernes 15 de mayo su depósito determinado de la Compensación por tiempo de Servicio (CTS).
En el marco de la crisis de salud mundial originada por el nuevo coronavirus, el Decreto de Urgencia N° 038-2020 establece estas medidas complementarias para paliar las amenazas en el sector económico, a raíz de la paralización masiva. De esta manera, se facultó a las empresas privadas a aplazar el pago de la CTS que corresponde al mes de mayo, a determinados trabajadores que tengan sueldos superiores a los S/2.400 mensuales.
De acuerdo a la información brindada por la Cámara de Comercio de Lima, este viernes 15 de mayo de 2020 las empresas deberán efectuar el pago de la CTS.
El trabajador en planilla percibirá el beneficio del pago de la CTS. Para tener este beneficio también debe recibir un sueldo mensual menor o igual a S/2.400.
Los colaboradores que ganen más de S/2,400 deberán esperar hasta el próximo 15 de noviembre para recibir su CTS. (Foto: Difusión)
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La CTS debe depositarse en el banco y en la cuenta bancaria en soles o en moneda extranjera que haya elegido el trabajador. En caso de no recordar en qué entidad financiera realizó la solicitud de la CTS, podrá pedir la información a su empresa para conocer en qué banco o caja municipal puede realizar el retiro.
La Compensación por tiempo de Servicio se deposita dos veces al año: en mayo y en noviembre, la actual corresponde al semestre entre noviembre 2019 - abril 2020. En este sentido, si el colaborador ingresó en noviembre, el empleador deberá realizar el pago en mayo.
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Cabe recordar que en caso el trabajador no haya laborado el semestre completo (noviembre 2019 - abril 2020), la CTS se hará efectiva en proporción a los meses laborados.
1. Cuente el sueldo mensual que le pagan.
2. Súmele 1/6 de su gratificación (divida su gratificación entre seis).
3. Posteriormente, el monto divídalo entre 360.
4. Finalmente, multiplíquelo por 180 (número de días del semestre).
Con respecto al depósito de mayo que se hará en noviembre, se deberá agregar el monto de los intereses recaudados, medida excepcional por la coyuntura del coronavirus.