Entrevista a Germán Lino Lora Álvarez, jefe del Gabinete de asesores del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quien se refirió a la creación del régimen laboral para jóvenes. Germán lino lora álvarez. Jefe del Gabinete de asesores del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.,El MTPE descarta cualquier vulneración de derechos laborales o precarización del empleo con proyecto orientado a los jóvenes. Señalan que es una norma dirigida a las empresas a quienes se les brinda un incentivo tributario. La norma, que cuenta con dos pre dictámenes, se debatirá en comisiones esta semana. PUEDES VER CUT Perú: Proyecto de Ley de Contratación Juvenil sería inconstitucional ¿El proyecto de ley sobre empleo juvenil del Ejecutivo tiene similitudes con la ley Pulpín del Gobierno de Humala? La propuesta en el periodo del presidente Humala era la creación de un régimen laboral para jóvenes. No hay ninguna comparación, aquí es un trabajador que va a tener todos los beneficios individuales y colectivos de todo trabajador. Lo único que estamos haciendo es: si tú me generas más puestos de trabajo yo te pago EsSalud de estos jóvenes. Al joven no lo perjudica en absolutamente en nada, más bien accede a una relación laboral formal. ¿Para quiénes es la norma? Aplica al primer empleo, o desempleo de los últimos 6 meses o jóvenes en situación de informalidad laboral. ¿Qué beneficios tendría el joven? Todos los beneficios laborales. El joven tiene Remuneración Mínima Vital como mínimo, que no digan que es lo que va a ganar para toda la vida. Tendrá una grati en julio y diciembre completa, una CTS completa, 30 días de vacaciones, horas extras, utilidades, seguridad social en salud y pensiones. Va a poder tener su fondo para jubilarse a los 65 años, seguridad y salud en el trabajo, temas de prevención de riesgos, va a poder afiliarse a un sindicato. Es falso que se afectan los derechos sindicales. El joven que ingresa bajo este proyecto, como todo trabajador, tiene todo el derecho a afiliarse a un sindicato si quiere, a negociar colectivamente sus ingresos, a hacer huelga. En la calle, los jóvenes se han manifestado en contra. Y eso me da mucha pena porque los jóvenes hablaban de su CTS, de su gratificación de sus derechos colectivos, pero ¿qué parte de la norma les quita eso? La norma está referida solamente a un incentivo tributario, está dirigida a las empresas. ¿Es el Estado el principal deudor a EsSalud? No, el Gobierno Central tiene el 1,8% de la deuda a EsSalud que asciende a S/ 1.000 millones. El 90% de la deuda la tienen los gobiernos regionales y locales. ¿Qué meta plantea la norma? La meta es que se contraten 50 mil jóvenes por año. ¿Después de esos tres años el empleador asume el pago de EsSalud? Exactamente, y no va a poder reemplazar a ese joven para beneficiarse con otro, porque el joven a los tres años se queda y ya no tiene el 9% de incentivo, o se va y a quien contrate tampoco le permite acceder al 9% porque lo está reemplazando. Tendría que contratar a uno más adicional que recién me da el incentivo de 9%. ¿Cuáles son los candados de la ley? El primer candado es que no da posibilidad de reemplazo. Y lo segundo, que anualmente el empleador para poder tener derecho a seguir con este beneficio tiene que demostrarme que en el año incrementó el número de trabajadores en planilla, que me ha generado más puestos de trabajo y en valor de la planilla. Si se ha mantenido igual no le va a aplicar el beneficio. ¿Qué sucede en caso de incumplimiento? La devolución del íntegro de lo que pagué por eso que es un crédito. La generación de empleo formal está casi estancada, ¿Piensa que la norma coayuvará a mejorar eso? La norma busca revertir lo señalado. Hay generación de empleo, que se va a la informalidad pero tiene que ir hacia la formal y para ello hay que dar incentivos. Desde el análisis económico, el proyecto generaría más puestos de trabajo de los que normalmente generaría la actividad económica normal de una empresa. ¿Este PL se vio en el Consejo Nacional del Trabajo? El ministro Grados lo planteó. No hubo una situación de análisis puntual porque no es una norma laboral. En el CNT de acuerdo con su reglamento se exponen, se revisan, y se analizan normas de incidencia laboral no de incidencia tributaria, como este caso. No se hizo un trabajo técnico en la comisión porque no era una norma laboral. No se modifica ni la forma de contratación, ni beneficios laborales, ni forma de salir. No modifica nada, no queremos mover el tema laboral.