Este 11 de abril, más de 25 millones de peruanos deberán escoger al próximo presidente del país; sin embargo, las personas que no acudan a las urnas tendrán que pagar una penalidad por no cumplir con su deber cívico.
De acuerdo a la la Ley n.° 28859, las multas que deberás pagar son las siguientes:
A su vez, si fuiste seleccionado como parte de la mesa electoral y no cumplirás con tu función cívica, el costo de la multa varía:
Según el JNE, las multas se deberán pagar en el Banco de la Nación o a través de la página web: www.págalo.pe.
En caso el elector no pague su multa, no podrá inscribir cualquier acto relacionado con su estado civil (matrimonio, divorcio, viudez y más), intervenir en procesos judiciales, hacer actos notariales o firmar ningún tipo de contrato, según la mencionada ley.
Otras restricciones implican la imposibilidad de ser nombrado funcionario público o inscribirse en cualquier programa social del Gobierno.
Los motivos por no acudir a las urnas podrán ser registrados al día siguiente del proceso electoral en la página web del JNE: www.jne.gob.pe. La institución tendrá un plazo máximo de dos días hábiles para emitir respuesta.
Los casos en los cuales procederá el pedido de dispensa son: motivos de salud, viajes por estudios o salud, desastres naturales, robo o pérdida del DNI, fallecimiento de algún familiar directo, discapacidad física o mental, encontrarse en prisión, realizar alguna labor de índole electoral o por error en el padrón de votantes.
Asimismo, las personas que se encuentren en grupos de riesgo de contagio por la COVID-19; es decir, tener más de 65 años, padecer enfermedades determinadas y las que al momento de llegar al local de votación tengan una temperatura de 37,5 grados y no se les permita ingresar.