El candidato presidencial César Acuña se pronunció luego de que el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 decidiera excluirlo de la plancha presidencial de su partido Alianza para el Progreso (APP) para las elecciones generales de 2021.
La decisión de la entidad electoral aún puede apelarse ante el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, cuyo fallo será definitivo, es decir, ya no puede impugnarse. No obstante, aceptó no haber declarado todos sus bienes, motivo de la resolución de este viernes.
“César Acuña declaró todos sus bienes en los registros públicos, pero había una propiedad que estaba en trámite para registrarlo. Como no estaba registrada, no la puse en la relación del 22 (de diciembre). Reitero: como no estaba registrada no se le puso en la información”, señaló Acuña Peralta.
Luis Carrasco, presidente del JEE Lima Centro 1, señaló que la resolución se basa en la Ley de Organizaciones Políticas, cuyo artículo 23 establece que los candidatos deben realizar la declaración de todos sus bienes y no solo de los que están inscritos en registros públicos.
Acuña aseguró que APP apelará ante el JNE la decisión tomada por el JEE. Foto: difusión
Al respecto, César Acuña anunció que la organización política apelará la exclusión y señaló que el JEE se equivocó con esta decisión. Sin embargo, mencionó que no incluyó la declaración del inmueble número 18 porque aún no estaba registrado, a pesar que la norma establece que esta sí debía informarse.
“Vamos a presentar un documento en donde diga que yo cumplí con la ley el 22 y la propiedad del 24 está disponible para que se registre la propiedad, tenemos para apelar y demostrar que el Jurado Especial se equivocó. No creo que por segunda vez me excluyan”, agregó el presidente de APP.
El fundador de APP busca llegar al máximo cargo presidencial por segunda vez. Su primer intento fue en el 2016, proceso en el que fue excluido por haber infringido la Ley de Organizaciones Políticas.
El Pleno del JNE decidió separarlo de carrera electoral por haber entregado dinero al electorado en Piura y Chosica, acción prohibida en su artículo 42. Esta normativa ha sido modificada para estas elecciones 2021.
El partido de César Acuña aseguró que ellos no solicitaron aplazar las próximas elecciones. Foto: La República
Señaló que los aspirantes están prohibidos de entregar o prometer dinero, dádivas, alimentos, medicinas, agua, materiales de construcción, enseres del hogar u otros bienes de manera directa o a través de terceros por mandato del candidato y con sus propios recursos o de la organización política.
Cabe señalar que el impedimento no se aplica en los siguientes casos:
En ambos supuestos, no deben exceder del 0,3% de una unidad impositiva tributaria (UIT) por cada bien entregado.
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