Según el premier Gustavo Adrianzén, el Ejecutivo decidió promulgar la ley que permite la disposición total de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS). Esta decisión, en palabras del titular de la PCM, se realizará en los próximos días.
Luego de la aprobación del retiro total de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) por parte del Congreso de la República, este documento ha pasado a manos de la presidenta, Dina Boluarte, quien tiene hasta el 24 de mayo para promulgar la norma. Cabe resaltar que por parte del Legislativo, el presidente de este poder, Alejandro Soto, ya firmó el documento, agilizando así su promulgación y entrada en vigencia.
Para acceder a tu dinero de la CTS, puedes optar por una cuenta en el BCP. Para abrirla, debes acceder a la web oficial del Banco de Crédito del Perú y dirigirte a la sección de cuentas CTS y seleccionar ‘Apertura de cuenta CTS’. Luego, se debe completar un formulario con datos personales y laborales y adjuntar la documentación necesaria, como el documento de identidad y el número de RUC de la empresa donde se trabaja. Después de revisar y confirmar los datos aportados, una vez aprobada la solicitud, recibirás la confirmación de la apertura de tu cuenta CTS y podrás empezar a disfrutar de sus beneficios.
El depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) se efectúa hasta la quincena de mayo y noviembre de cada año. En caso de que el 15 de mayo o noviembre no sea un día hábil, el pago se anticipa al último día hábil que preceda a esta fecha.
La compensación por tiempo de servicios (CTS) en Perú tiene como finalidad proporcionar un respaldo económico a los trabajadores en caso de desempleo. Este fondo actúa como un seguro que acumula dinero durante el periodo de empleo del trabajador.
Según el premier Gustavo Adrianzén, el Ejecutivo decidió promulgar la ley que permite la disposición total de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS). Esta decisión, en palabras del titular de la PCM, se realizará en los próximos días.
- Los trabajadores que laboran menos de cuatro horas diarias
- Los trabajadores que perciben remuneración anual integral
- Los que perciben el 30% o más de las tarifas que paga el público
- Los trabajadores del régimen laboral agrario que han optado por cobrar su CTS conjuntamente con su remuneración (Ley 30110 y DS 005-2021-Minagri)
- Los trabajadores de la microempresa contratados después de su inscripción de la empresa en el Remype.
En conferencia de prensa, el Presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, habló sobre el retiro de la CTS. "Estamos en condiciones de informar a la ciudadanía que en breve plazo se va a promulgar la ley que autoriza a los trabajadores la libre disposición de la CTS a fin de cubrir sus necesidades por la actual crisis económica. Es la decisión que se ha tomado en el Consejo de Ministros y en los días próximos, se promulgará esta norma", sostuvo el titular de la PCM.
Si el titular de la cuenta de CTS muere, la empresa donde labora tiene 48 horas para abonar a los deudos el dinero correspondiente. Asimismo, los afectados (cónyuge u otros familiares) deberán acercarse al banco donde estuvo afiliado la victima para acreditar su condición de deudo o deudos.
La República tiene una calculadora referencial de CTS al que podrás acceder a continuación:
Las sanciones económicas que puede aplicar la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) varían según la gravedad de la infracción y el tamaño de la empresa.
• Multa por incumplimiento de pago de CTS: • Pequeña empresa: Entre S/ 2,070 y S/ 20,700. • Mediana empresa: Entre S/ 7,222 y S/ 72,220. • Gran empresa: Entre S/ 24,074 y S/ 120,152.
• Quienes estén bajo el régimen privado y tienen una jornada mínima de cuatro horas diarias.
• Los que trabajen en microempresas y que reciben un total de 15 remuneraciones diarias por cada año de servicio con un tope de 90 pagos diarios.
• Los trabajadores agrarios: el pago de CTS se incluye en su sueldo diario.
• Trabajadoras del hogar.
Según la SBS, la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un depósito que el empleador efectúa por disposición legal, en esa línea tiene como propósito fundamental prever el riesgo que origina el cese de la relación laboral y la consecuente pérdida de tus ingresos.
El próximo pago de la CTS se dará los primeros quince días del mes de noviembre.
En conferencia de prensa esta semana, el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, señaló que el Ejecutivo se pronunciará dentro de los plazos correspondientes con respecto al retiro de la CTS. "Estamos dentro del plazo, vamos a evaluar la conveniencia o no de esta decisión y la haremos saber antes de que el plazo venza, por supuesto", señaló.
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Si el Poder Ejecutivo observa la norma, el Congreso de la República podría aprobarla por insistencia, ya que tiene la facultad de usar ese mecanismo.
El Poder Ejecutivo recepcionó el documento aprobado por el Congreso, ante ello, Boluarte Zegarra tiene hasta el 24 de mayo para brindar una decisión.
Los empleadores del sector privado en el Perú son los responsables de realizar estos depósitos semestrales. Esta obligación se extiende a todas las empresas que cuentan con trabajadores bajo régimen de la actividad privada, lo que garantiza así una protección económica fundamental para el trabajador.
El presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, expresó, en una conferencia de prensa, que el Ejecutivo se encuentra evaluando detalladamente la situación. “El Gobierno está en proceso de evaluación. Todavía no tenemos una decisión que informar. Estamos dentro del plazo”, señaló.
Las empresas del rubro privado tienen hasta el 15 de mayo del presente año para realizar el primer pago de la CTS.