Cerca de cinco millones de trabajadores formales en nuestro país podrían acceder al retiro total de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre de 2024, de promulgarse la norma que aprobó el Pleno del Congreso el último jueves 2 de mayo. El Gobierno de Dina Boluarte tiene 15 días de plazo para observarla o autorizar su publicación en el diario oficial El Peruano. A continuación, revisa la última información y averigua desde cuándo podrás acceder a este beneficio económico.
Según la SBS, la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un depósito que el empleador efectúa por disposición legal, en esa línea tiene como propósito fundamental prever el riesgo que origina el cese de la relación laboral y la consecuente pérdida de tus ingresos.
En conferencia de prensa esta semana, el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, señaló que el Ejecutivo se pronunciará dentro de los plazos correspondientes con respecto al retiro de la CTS. "Estamos dentro del plazo, vamos a evaluar la conveniencia o no de esta decisión y la haremos saber antes de que el plazo venza, por supuesto", señaló.
Tras la aprobación del Congreso de la República del retiro del 100% de la CTS, esta deberá pasar hacia el Ejecutivo, el cual tendrá 15 días de plazo para observar o publicar. Si el parlamento tiene que aprobarlo por incistencia, se podrá empezar a retirar el dinero desde el 4 de junio.
Las empresas del rubro privado tienen hasta el 15 de mayo del presente año para realizar el primer pago de la CTS.
El próximo pago de la CTS se dará los primeros quince días del mes de noviembre.
• Quienes estén bajo el régimen privado y tienen una jornada mínima de cuatro horas diarias.
• Los que trabajen en microempresas y que reciben un total de 15 remuneraciones diarias por cada año de servicio con un tope de 90 pagos diarios.
• Los trabajadores agrarios: el pago de CTS se incluye en su sueldo diario.
• Trabajadoras del hogar.
Luego la firma y entrega de la autógrafa de ley, el Poder Ejecutivo tiene 15 días hábiles para pronunciarse sobre el proyecto aprobado, pues según el artículo 79 del reglamento del Congreso, ese es el tiempo establecido para que el gobierno pueda señalar alguna observación o disponer su promulgación en el diario El Peruano.
Si el Poder Ejecutivo observa la norma, el Congreso de la República podría aprobarla por insistencia, ya que tiene la facultad de usar ese mecanismo.