Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) son instituciones privadas que llevan muchos años en nuestro país regulando los montos correspondientes a los ciudadanos en cuanto a jubilación, invalidez y sobrevivencia, así como gastos de sepelio. En ese sentido, existen diversos mecanismos para acceder al dinero que has ahorrado en tu fondo privado de pensiones, como el Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA), el 25% para adquirir un inmueble y la ley que permite acceder a una pensión mínima y retirar excedentes de las AFP. A continuación, te invitamos a conocer detalles de cada una de estas modalidades y cuáles son los desembolsos que los afiliados pueden solicitar.
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De acuerdo a la ley N°31332 que entró en vigencia en septiembre del 2021, un afiliado de 50 años puede acceder al 95,5% de sus fondos si es que se encuentra desempleado en el lapso de 12 meses consecutivos. Para adelantar la jubilación, se deben cumplir los siguiente requisitos:
Según la ley N°30478, un afiliado puede solicitar hasta el 25% de su fondo de pensiones para la adquisición de un inmueble, ya sea al inicio o al final de su jubilación. En ese sentido, es importante recalcar que, si el aportante quiere acceder a este recurso, no debe haber sido propietario de la vivienda y este beneficio solo aplica para la primera compra o la amortización del crédito hipotecario.
Para solicitar el retiro del 25%, el afiliado debe conocer el valor exacto de su fondo y el monto que puede requerir. Estos son los pasos a seguir:
Conoce aspectos relevantes acerca del retiro AFP 2023. Foto: difusión
Según la ley N°31670 que crea las pensiones mínimas y promueve aportes voluntarios en las AFP, el afiliado puede definir el monto de la pensión a la cual accederá cuando se jubile, pero esta no debe ser menor a la Canasta Básica de Consumo que equivale a S/378 y necesita acumularse hasta los S/85.000. Esto le permitirá fijar una meta de ahorro previsional para la administración de su cuenta individual de capitalización.
Además, la mencionada norma faculta al Ministerio de Economía y Finanzas a ampliar el alcance de los aportantes que pueden solicitar las devoluciones de pago de impuestos, tanto de la cuarta como quinta categoría o de cualquier otro saldo que tenga como titular el afiliado. Finalmente, el MEF precisó en el reglamento que el acceso a la pensión mínima o al excedente será a partir de los 65 años, que es la edad de jubilación en nuestro país.
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Las Administradoras de Fondos de Pensiones invierten los aportes de sus afiliados dentro y fuera del Perú con el fin de generar rentabilidad a largo plazo. En ese sentido, cuando un trabajador se jubile, su fondo de pensiones estará compuesto por sus aportes, los cuales realizó a lo largo de su vida laboral, además de su rentabilidad ganada.
El sistema de AFP en Perú se creó durante el gobierno de Alberto Fujimori, mediante Ley N° 25897 - Ley de creación del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) en 1992.